miércoles, 26 de abril de 2017

INCORPORAN A REGIONES Y MUNICIPIOS EN LA LEY DE RECONSTRUCCIÓN

Finalizada la sesión, y aprobado con cambios el proyecto de ley, Fernando Zavala y Luz Salgado se saludaron efusivamente

Luego de llegar a un consenso entre el Ejecutivo y los representantes de las diferentes bancadas, el Congreso aprobó ayer por amplia mayoría el proyecto de ley para realizar la reconstrucción de las zonas afectadas por las lluvias e inundaciones causadas por el fenómeno de El Niño costero.

La propuesta recibió 90 votos a favor, 18 en contra y ni una abstención, y fue exonerada de segunda votación. Solo los congresistas del Frente Amplio y la independiente Yeni Vilcatoma se opusieron a la norma, la cual sufrió cambios en relación con la propuesta inicial del Ejecutivo, debido a que, según algunos legisladores, tenía falencias.

Los ministros y los voceros de las bancadas estuvieron reunidos hasta las 2 a.m. de ayer para llegar a un acuerdo sobre los diferentes puntos de la ley.

Como se ha visto en las reacciones a la aprobación de la norma, el fujimorismo ha tratado de aparecer como artífice de ella. No es casual que entre las modificaciones están que el presidente del Consejo de Ministros dé cuenta al Congreso del cumplimiento del plan. 

Algo similar pasará con el director ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC), pues deberá asistir cada seis meses para informar sobre los avances a la Comisión de Presupuesto del Congreso, y ya no ante el Acuerdo Nacional como decía la norma original.

Además, ahora la Autoridad no coordinará solo con el Ejecutivo, sino también con los gobiernos regionales y locales que correspondan.

Pese a ello, el presidente Pedro Pablo Kuczynski resaltó la aprobación de la ley y anunció que el gobierno se pondrá a trabajar “inmediatamente”.

LEY PARA DISEÑAR PLAN
La ley aprobada permitirá diseñar y aprobar el plan de reconstrucción, pero también fija la creación y competencias de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC), el financiamiento y plazos, además de medidas de transparencia para evitar actos de corrupción, así como sanciones para los funcionarios que cometan infracciones.

El premier Fernando Zavala, quien ayer acudió nuevamente al Congreso, saludó la decisión y destacó que la ley fue enriquecida a través del consenso con las diversas bancadas. Asimismo, indicó que le permitirá una reconstrucción eficaz y transparente, y con las medidas de control necesarias. 

“Es un sistema que tiene que ser concurrente. Lo que se ha añadido es (el control) posterior; entonces, vamos a tener un sistema de control fortalecido para evitar y asegurar que realmente hacemos una reconstrucción con cambios, pero sin corrupción”, aseveró.

La ley precisa que las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que se ejecuten se someterán a procedimientos de control gubernamental, el cual se hará de manera simultánea y también posterior, tal como lo había solicitado un sector de congresistas.

En este marco de transparencia, la persona natural o jurídica que contrate con el Estado para la reconstrucción deberá presentar una declaración jurada sobre antecedentes judiciales o de sanción administrativa.

El documento consensuado fue sustentado por el presidente de la Comisión de Constitución, Miguel Torres, quien destacó la voluntad de diálogo de todas las partes.

De acuerdo a esta ley, el proceso de reconstrucción lo dirigirá el director ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, quien será nombrado por la Presidencia del Consejo de Ministros. Al respecto, el premier Fernando Zavala señaló que en los próximos días se conocerá el nombre del funcionario.

La ley aprobada indica que el plan de reconstrucción será presentado por la Autoridad y aprobado por el Consejo de Ministros en un plazo que no exceda los 90 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la ley. Dicha Autoridad tendrá un plazo de duración de 3 años.

Asimismo, la ley señala que los recursos para la reconstrucción serán proporcionados por el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES). En tanto, el artículo 4 indica que los contratos de las obras deberán incluir, obligatoriamente, cláusulas anticorrupción y resolución por incumplimiento.
Habrá sanciones

La ley también precisa que la PCM, como ente rector, podrá imponer sanciones de inhabilitación temporal o definitiva, económicas, así como amonestación, multa, suspensión y revocatoria de certificados, permisos, registros y autorizaciones, entre otros, en caso de incumplimiento o transgresión de las disposiciones establecidas en la ley. Dichas sanciones no eximirán a los infractores de la responsabilidad civil, penal o administrativa funcional.

ZONAS CON BENEFICIOS
En cuanto a la determinación de las zonas de riesgo, estas serán precisadas por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred), institución que dará la respectiva información a la Autoridad.

La norma precisa que se declararán zonas intangibles los cauces de las riberas, las fajas marginales y de terreno que conforman el derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras, y se prohíbe la cesión para fines de vivienda, comercio, agrícola y otros.

En tal sentido, la ley establece que para acceder a los beneficios inmobiliarios se deberá renunciar a la propiedad o posesión reconocida en zonas de alto riesgo.

En cuanto al acceso al beneficio de obras por terrenos, esta se determinará mediante una ley expresa que el Congreso elaboraría y aprobaría en los próximos meses.

Respecto a las familias damnificadas ubicadas en zonas habitables y que no cuentan con título de propiedad, la ley indica que podrán acceder a un Módulo Temporal de Vivienda bajo un procedimiento especial aprobado por decreto supremo.

Dicho reglamento establecerá los requisitos, condiciones y el procedimiento para acceder a un módulo.

EN CONTRA
Frente amplio. La bancada del Frente Amplio votó en contra del proyecto de ley, pues considera que es una norma centralista y que no brinda los suficientes recursos para realizar la labor de control de los proyectos a ejecutarse. Asimismo, consideró que no garantiza los derechos de las comunidades y los pueblos nativos.

Compromiso. Pese a las objeciones presentadas, el vocero del FA indicó que la reconstrucción debe realizarse de manera eficiente y pronta.
Los principales cambios a la ley

1. El plan de acción de control de la Contraloría General de la República será aprobado por el Consejo de Ministros y comprenderá acciones simultáneas y posteriores.

2. La Autoridad de la reconstrucción actuará ahora de manera coordinada con el Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales que correspondan.

3. Las obras que se ejecutarán a través de terceros en el marco de la reconstrucción deberán incluir obligatoriamente cláusulas anticorrupción y resolución por incumplimiento.

4. El presidente del Consejo de Ministros deberá informar hasta el último día de marzo de cada año al pleno del Congreso. El primer año deberá hacerlo cada seis meses.
Fuente: La República

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