La Sunat informó que a partir del 1 de abril los trabajadores independientes deberán emitir obligatoriamente recibos por honorarios electrónicos cuando brinden servicios a personas naturales.
Así lo establece la resolución 043-2017 publicada hoy por el ente recaudador en el diario oficial El Peruano.
Ya eran obligatorios para empresas. Desde el 2015 los recibos electrónicos eran obligatorios en caso se brinde servicios a empresas, pero ahora también lo será en el caso de servicios prestados a personas naturales, señaló el tributarista Jorge Picón al diario Gestión.
Se indica, además, que para disminuir, aumentar, o anular un recibo por honorario se deberá utilizar notas de crédito electrónicas.
La norma refiere que solo se permitirá emitir los recibos físicos cuando hayan causas ajenas al contribuyente que impidan la emisión electrónica.
Según Picón, esto se daría, por ejemplo, cuando no haya acceso a Internet. "Pero la regla general es que la mayoría tendrá que aplicar los recibos electrónicos", sostuvo.
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