viernes, 30 de enero de 2015

EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS LEGALES ES LA RAZÓN DE LOS RECLAMOS DE LOS PROFESORES A CONTRATO EN EL PERÚ-2015.

Por: Jaime Meza Santillán


LOS CONTRATADOS TIENE LA RAZÓN LEGAL Y DE HECHOS !!!!

El por qué en la casi totalidad de las regiones del país no se publican la totalidad de plazas a contrato en las fechas establecidas legalmente -al margen que aposteriori "salgan" nuevas plazas por las circunstancias normales-, es por el incumplimiento de las normas legales que se emiten para tal efecto; existiendo para dicho incumplimiento normas como la Ley 27444, la cual prescribe responsabilidad administrativa y hasta civil por dicha negligencia funcional de la autoridad o funcionario responsable (Artículo 143° y otros).
Para hallar a los responsables, aquí una CRONOLOGÍA:

1. El viernes 17 Octubre 2014, en El Peruano, mediante el Decreto Supremo N° 006-2014-MINEDU (firman Presidente Humala y Ministro Saavedra), modifican otra vez el Reglamento de la Ley N° 29944-LRM, estableciéndose ejecutar el PROCESO DE RACIONALIZACIÓN DE PLAZAS para los nombrados en las Instituciones Educativas (II.EE), entre los meses de OCTUBRE y NOVIEMBRE 2014.

2. El viernes 17 Octubre 2014, en El Peruano, mediante la Resolución de Secretaría General (RSG) N° 1825-2014-MINEDU, se aprueban las normas técnicas para aplicar el referido proceso de racionalización y lógico realizar dicho proceso máximo hasta el 30 de Noviembre del 2014. Por lo tanto, a nivel de c/u de las II.EE. a partir del mes de Diciembre del 2014, ya debería de saberse cuales son las plazas para contrato 2015, en este rubro o modalidad; ya que en este proceso como resultado, se efectiviza la reubicación de las plazas vacantes excedentes y/o reasignación de personal nombrado que resulte excedente en el proceso de racionalización.

3. El 15 Diciembre 2014 se expide la RSG N° 2378-2014-MINEDU, norma de aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las II.EE., sustentándose las metas en la RSG N° 1825; donde las II.EE. sólo proponen como proyectos sus cuadros de horas y es la UGEL (aprueba cronograma de cumplimiento de sus fases), quien los evalúa y valida expidiendo la Resolución correspondiente, las cuales NO DEBEN EFECTUARSE CON POSTERIORIDAD AL 10 DE ENERO 2015. ¿Cumplieron las II.EE. y las UGEL?

4. El 14 Enero 2015, se expide la RM N° 023-2015-MINEDU, norma que regula la contratación de profesores, donde la DREL publica y difunde la consolidación de plazas de todas las UGEL, NO EXCEDA EL 23 DE ENERO. La DREL lo ejecutó, aunque sus instancias (II.EE., UGEL), no cumplieron totalmente con las fases previas obligatorias de racionalización y aprobación del cuadro de horas; entonces -al margen del proceso administrativo funcional de las autoridades a los responsables-, por los hechos es obligatorio realizar la regularización del cumplimiento de la normatividad sustentadora, ampliándose un plazo hasta que se culmine la racionalización/aprobación del cuadro de horas, con nuevo Cronograma. 

5. Mención aparte los profesores con nombramiento interino con más de 20/25 años de servicios sin titularse como profesores ( a nivel nacional mas de 14,400 y en nuestra región aproximadamente 800 profesores). 
La Ley N° 29944, del 25-11-2012, en su Segunda Disposición complementaria dispone prorrogar por 2 años para que se titulen y concursen para que ingresen a la carrera pública magisterial, caso contrario SON RETIRADOS DEL SERVICIO PÚBLICO, al 26 de Noviembre del 2014 se cumplió los 2 años. El 19-11-14 se expide la RSG N° 2078-2014-MINEDU, norma para evaluación excepcional de los profesores interinos; en su Numeral 7.1. 
a) SERÁN RETIRADOS DEL SERVICO A PARTIR DEL 31 ENERO 2015, aquellos profesores interinos que no se inscriban. El 20-11-14 con RM N° 532-2014-MINEDU, se aprueba el Cronograma de la referida evaluación excepcional, donde al 23 DE DICIEMBRE DEL 2014 ya debe estar publicado la relación de los inscritos profesores acreditados con título profesional pedagógico, para rendir su examen/prueba el 23 de Marzo 2015. Por lo que, a inicios de Enero 2015, ya conocían las autoridades de las II.EE. y las UGEL quienes son y qué plazas ocupan los profesores interinos, quien no tendrán carga horaria -según las normas-, el año lectivo 2015. Entonces dichas plazas -con alguna disposición de contingencia-, debieron salir a concurso por contrato.

6. Diferente es el caso para las plazas de directores y subdirectores, ya que con todas las prorrogas de fases recién salió el orden de mérito y el 21 DE FEBRERO 2015, recién en acto público se adjudicarán dichas plazas, aunque no se sabe a cual plaza vacante un postulante pedirá o también puede optar por continuar en su colegio como profesor de aula; en este caso se determinará el 21 de Febrero.

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