Cordova Morales, solicita la vacancia por la causal de infracción de las restricciones de contratación, previste en el articulo 22º numeral 9, concordante con el articulo 63º de la Ley Nº 27972, ley Orgánica de Municipalidades.
Los Fundamentos de hecho y derecho:
1. Disposición de vehículo oficial para uso de sus partidarios políticos, descuidando la supervisión de la limpieza publica.
2. Intervención de la Alcaldesa y Regidores a favor de los señores Eleodoro Cañamero Torres y Oscar Simeon Toledo Maldonado, para que no se fiscalice, ni investigue el uso indebido del vehículo oficial.
Fuente: Noticias en Huaral
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