Por Jaime Meza Santillán
OCTAVO.- La Constitución Política de nuestro país vigente, estipula en su "DUODÉCIMA DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS.- Organización Política Departamental. La organización política departamental de la República comprende los departamentos siguientes: Amazonas, Ancash, ..., LIMA, ..., Ucayali; y la Provincia Constitucional del Callao".
Al respecto NO HAY DUDAS AQUÍ, SEÑORES QUE NO ASESORAN ADECUADAMENTE AL SR. GOBERNADOR NELSON CHUI, de allí que, NO SE HA PUBLICADO A LA FECHA PROPUESTA DE ANTE PROYECTO DE LEY.
LÓGICO: Si se desea cambiar el nombre al DEPARTAMENTO DE LIMA, por otro, por ejemplo, llamado Departamento de la Independencia, entonces se REQUIERE UNA REFORMA CONSTITUCIONAL, si solo sí.
Por otro lado, si sólo se desea cambiar el nombre del Gobierno Regional del Departamento de Lima, como se consigna en el Artículo 32° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como Ley de Desarrollo Constitucional; por ejemplo, por el de Gobierno Regional del Departamento de la Independencia, es idéntico o igual requerimiento, ya que el nombre de Departamento de Lima, es un nombre establecido o ratificado por la Constitución Política del Perú, en su DUODÉCIMA Disposición Final y Transitoria; LÓGICO, modificar una Ley no implica modificar la Constitución; es simple el asunto. NO SE PUEDE ESTAR CON TITUBEOS, AMBIGÜEDADES Y ECLÉCTICISMO, SEÑORES ABOGADOS Y CONSULTORES DEL SR. GOBERNADOR Y DE NUESTRA REGIÓN.
Es innegable la limitación en este sentido.
LA REFORMA CONSTITUCIONAL requiere la aprobación de la misma en 2 Legislaturas ordinarias continuas, en lo mejor de los casos en el año 2017; en un Momento Político electoral y continua en otro Momento Político postelectoral, aunque el debate con los dinosaurios abogados congresistas y asesores del congreso, nos puede llevar a un puerto complicado para nuestros intereses.
Pregunto ¿POR QUÉ EN 13 AÑOS LOS GOBERNANTES DEL GOBIERNO CENTRAL CON SUS MINISTERIOS Y ORGANISMOS, NO CUMPLIERON LA CONSTITUCIÓN Y LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN, AGRAVIANDO Y VULNERANDO NUESTROS DERECHOS COMO GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA, QUE POR DICHAS NORMAS MENCIONADAS SOMOS EN TÉRMINOS DE ORGANIZACIÓN POLÍTICA, DIFERENTES A LA MUNICIPALIDAD DE LIMA METROPOLITANA Y AL CALLAO; Y SE PERMITIÓ QUE LOS INFORMES TÉCNICOS ESTADÍSTICOS SEAN DESNATURALIZADOS Y MANIPULADOS ILEGAL Y DISCRIMINATORIO CON NUESTRA REGIÓN?
Dicha discriminación y manipulación ilegal de los informes técnicos del INEI, MEF y de todos los Ministerios, tuvo un objetivo con el AHORRO DEL GASTO PÚBLICO, cumpliendo la política económica neoliberal contra el pueblo sesocupado y vulnerable, ya que si cumplían las normas, tenían que tomar en cuenta que -este año lo informa el INEI y MIDIS-, nuestra Región tiene en promedio las 9 Provincias, no menos de 29% en POBREZA (por encima del promedio nacional del 23%), tenemos en promedio 7,1% en POBREZA EXTREMA (por encima del promedio nacional del 4,3%), tenemos en promedio una Tasa de DESNUTRICIÓN CRÓNICA de 23,4% (el promedio nacional es de 14,6%).
¿Cómo se expresa lo recientemente vertido, estimados?
Una de las 25 FUNCIONES DEL GOBIERNO DEL PERÚ SE DENOMINA:
PROTECCIÓN SOCIAL (Corresponde al nivel máximo de agregación de las acciones desarrolladas para la consecución de los objetivos vinculados al desarrollo social del ser humano en los aspectos relacionados con su amparo, asistencia y la promoción de la igualdad de oportunidades). Aquí encontramos los Programas Presupuestales, incluye los Programas Sociales: Juntos, Pensión 65, PRONABEC, Cuna Más, Qali warma, Lucha contra la violencia familiar, Atención a niños, adolescentes en abandono; apoyo hogares rurales, entre otros.
Para este año por Ley Presupuesto 2015, el Perú aprobó en PIA 5 mil 834 millones 210 mil 562 nuevos soles, de los cuales el 83,3%: 4 mil 859 millones 948 mil 014 nuevos soles, es administrado por el Gobierno Central; los Gobiernos Locales/Municipalidades administran el 15,1%: 881 MILLONES 728 MIL 257 NUEVOS SOLES; y los Gobiernos Regionales administran sólo el 1,6%: 92 MILLONES 534 MIL 291 NUEVOS SOLES.
El Gobierno Central por norma atenderá a los peruanos con alto nivel de pobreza y pobreza extrema, con sus diferentes necesidades, para cual sus entes necesitan informes técnicos correspondientes vía los Ministerios a través de una de las bases de datos proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
De los 92 millones de nuevos soles mencionados, por Ley de Presupuesto este año se asignó a nuestro Gobierno Regional para PROTECCIÓN SOCIAL: 02 millones140 mil 076 nuevos soles en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), sí sólo dos millones de soles; al respecto:
¿Nuestro Gobierno Regional ante las necesidades e indicadores publicitados de pobreza y desnutrición, ha incrementado esos 2 millones de soles? ... NO !!
Por el contrario, somos sólo tres Gobiernos Regionales que autónomamente hemos reducido este exiguo presupuesto de apoyo a los pobres.
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