lunes, 3 de agosto de 2015

EL DEBATE CON SUSTENTO CIENTÍFICO, NORMATIVO Y DE JUSTICIA SOBRE LA POSIBLE CREACIÓN DE UN NUEVO DEPARTAMENTO, SERVIRÁ PARA MEJORAR EL NIVEL POLÍTICO DE LA POBLACIÓN

Por Jaime Meza Santillán


PRIMERO.- Didácticamente la población debe de saber ¿Cómo se elabora y formula el Presupuesto del sector público, a nivel nacional y regional (sustento económico presupuestal del posible cambio). ¿Por política de Estado, qué prioridades en inversiones y programas presupuestales asume el gobierno nacional y cuáles los gobiernos nacionales?; y los nuevos cambios o reformas implementadas al respecto por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

SEGUNDO.- El debate inicial no está o debe estar en cuanto al nombre del supuesto nuevo departamento, debe estar centrado en el sustento económico financiero y presupuestal en su gestión diaria; entonces ¿quienes y cómo se beneficiarán los habitantes de las 9 provincias, todos o determinados sectores, clases sociales?; ello en base lógicamente o científicamente en relación al PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO ACTUALIZADO.

TERCERO.- Se concuerde o no, cada Región no es una isla en el Perú, somos un Estado Unitario, y en cualquier gobierno regular, las disposiciones en el manejo económico financiero y presupuestal tienen un manejo o política central y descentralizada; por ello, para ser beneficiados de los principales PROGRAMAS SOCIALES del Gobierno (Pensión 65, PRONABEC, Seguro Integral de Salud-SIS, Techo Propio, Juntos, Trabaja Perú), a cargo principalmente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), se tiene que cumplir determinados REQUISITOS, CRITERIOS, REGLAS, PROCEDIMEINTOS Y METODOLOGÍAS DE CÁLCULO aritméticos para ser identificados como beneficiarios; que en nuestro país deben de recibirlos LOS POBRES Y LOS POBRES EXTREMOS, tipificados estadísticamente en los QUINTILES 1 y 2.

CUARTO.- Dichos CRITERIOS fueron establecidos a nivel gubernamental, que devienen desde el gobierno de Alejandro Toledo, con la R.M. N° 399-2004-PCM, Carlos Ferrero; creándose el SISTEMA DE FOCALIZACIÓN DE HOGARES (SISFOH), para beneficiarse de los Programas Sociales; igualmente mediante la RM N° 400-2004-PCM, se aprueba el índice de asignación geográfica, la metodología del cálculo del índice de focalización de hogares por tipo de programa social y la ficha socioeconómica respectiva; las cuales con mínimas modificaciones han venido rigiendo hasta el 08 de Mayo del presente año 2015.

Disculpen ... continuará a la espera de la conferencia de prensa del Sr. Gobernador de nuestro GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA (denominación legal a la fecha).

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