Máximo ente electoral verá si confirma o revoca el acuerdo de concejo distrital que rechazó solicitud en primera instancia
El expediente de apelación presentado por el ciudadano Solar Inciso fue elevado al despacho del presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Francisco Artemio Távara Córdova, el 08 de febrero del presente año, por el secretario general de la comuna distrital de Nuevo Imperial, Ángel Wilfredo Armas Gutiérrez.
FUNDAMENTO DEL PEDIDO
El peticionante solicita la vacancia del cargo de alcaldesa de la comuna de Nuevo Imperial de la señora Zulma Matumay por haber incurrido en la causal tipificada por el artículo 22º, inciso 9, concordante con el artículo 63º, causal de restricciones de contratación.
EL PRÓXIMO FALLO
Del análisis de la apelación, consideramos que el fallo del Tribunal Electoral nacional la declarará infundada, por cuanto, Julián Solar fundamenta su pedido de vacancia porque la burgomaestre Matumay Santos ha firmado, sin autorización del concejo distrital, un contrato con la empresa FOUSCAS TRADING EIRL para la compra de productos para el Programa de Vaso de leche, pero no sustenta si la autoridad municipal ha adquirido algunos de sus bienes o habría contratado servicios con su comuna.
Este análisis se desprende porque el artículo 63º de la LOM contempla textualmente: "El alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar, obras, o servicios públicos municipales ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes..."
PETICIONANTE ANTIGUO
El señor Julián Asunción Solar Inciso, quien ha planteado la solicitud de vacancia de la alcaldesa Matumay Santos, la misma que fue rechazada en primera instancia y ahora se ventilará en el JNE, no es un peticionante ocasional, sino que también, en su momento, solicito la salida de otros burgomaestres.
Así, en el pasado, solicitó la salida del alcalde Jorge García Quispe, por haber incurrido en la causal de nepotismo, que al final no fue tomado en cuenta por el concejo distrital de Nuevo Imperial, ni el Jurado Nacional de Elecciones.
Este análisis se desprende porque el artículo 63º de la LOM contempla textualmente: "El alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar, obras, o servicios públicos municipales ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes..."
PETICIONANTE ANTIGUO
El señor Julián Asunción Solar Inciso, quien ha planteado la solicitud de vacancia de la alcaldesa Matumay Santos, la misma que fue rechazada en primera instancia y ahora se ventilará en el JNE, no es un peticionante ocasional, sino que también, en su momento, solicito la salida de otros burgomaestres.
Así, en el pasado, solicitó la salida del alcalde Jorge García Quispe, por haber incurrido en la causal de nepotismo, que al final no fue tomado en cuenta por el concejo distrital de Nuevo Imperial, ni el Jurado Nacional de Elecciones.
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