lunes, 18 de mayo de 2015

SEPA QUIÉNES PUEDEN POSTULAR PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DOCENTE 2015 - MINEDU

El ingreso a la Carrera Pública Magisterial (CPM) es por concurso público: Se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial. 


Sepa quiénes pueden postular para el Concurso Público de Nombramiento Docente 2015 - MINEDU - www.minedu.gob.pe

Un ambiente de gran expectativa se ha generado al interior del Magisterio Nacional, tras confirmarse la nueva convocatoria pública para nombramiento docente 2015 anunciada por el propio ministro de educación (MINEDU), Jaime Saavedra Chanduví para el próximo mes de agosto. La situación se torna más expectante aún entre los miles de maestros contratados que pugnarán por alcanzar a cubrir una de las diez mil plazas que ha dispuesto el MINEDU para este proceso. 

En este contexto son muchas las interrogantes que se hacen muchos de estos maestros que vienen buscando respuestas concretas a sus inquietudes y preguntas, en torno al perfil y a los requisitos que deben cumplir quienes quieran participar de esta nueva convocatoria de nombramiento docente. 


En esa perspectiva podemos señalar que, de acuerdo a lo que establece la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial (LRM), en su Capítulo V, artículo 17°, referido al nombramiento docente, señala que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial (CPM) es por concurso público y se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial. 

Esta misma ley, en su artículo 18°, referido, precisamente, a los requisitos para postular a la Carrera Pública Magisterial señala expresamente que, para participar en el concurso público de acceso a una plaza vacante se requiere cumplir con los siguientes requisitos generales: 

a) Poseer título de profesor o de licenciado en educación, otorgado por una institución de formación docente acreditada en el país o en el exterior. 

En este último caso, el título debe ser revalidado en el Perú. 

b) Gozar de buena salud física y mental que permita ejercer la docencia. 

c) No haber sido condenado por delito doloso. 

d) No haber sido condenado ni estar incurso en el delito de terrorismo, apología del terrorismo, delito contra la libertad sexual, delitos de corrupción de funcionarios y/o delitos de tráfico de drogas; ni haber incurrido en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, así como haber impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos. 

e) No encontrarse inhabilitado por motivos de destitución, despido o resolución judicial que así lo indique. 

Asimismo señala que, además de los requisitos generales antes señalados, son exigibles estos requisitos específicos: 

a) Ser peruano de nacimiento para postular a una plaza vacante en instituciones educativas de educación básica o técnico-productiva ubicadas en zonas de frontera. 

b) Manejar fluidamente la lengua materna de los educandos y conocer la cultura local para postular a las plazas vacantes de instituciones educativas pertenecientes a educación intercultural bilingüe. 

c) Para postular a plazas vacantes de instituciones educativas pertenecientes a Educación Básica Especial, el profesor debe acreditar la especialización en la modalidad. 

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