El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que el plazo para que las organizaciones políticas puedan realizar propaganda política es hasta este viernes, a las 11.59 de la noche, de acuerdo con lo que establece la normativa vigente para el proceso de segunda vuelta presidencial.
¿Qué dice la ley? La Ley Orgánica de Elecciones indica, en el artículo 190, que desde veinticuatro horas antes del día señalado para las elecciones, se suspende toda clase de propaganda política.
Supervisarán cumplimiento de norma. Al respecto, el director nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, Alberto Kuroiwa Bermejo, manifestó que el personal de esta unidad supervisará el cumplimiento de la ley a través de operativos que detectarán que no haya propaganda ubicada en inmediaciones de los locales de votación.
Asimismo, precisó que la labor del fiscalizador será efectuar el levantamiento del acta de incidencias. Si esta infracción persiste, de inmediato se comunicará los actuados al Pleno del Jurado Especial Electoral de la jurisdicción y al Ministerio Público.
Responsabilidades cívicas. Por otro lado, exhortó a todos los ciudadanos a cumplir con sus responsabilidades cívicas como son el sufragio en los procesos electorales, además del rol de ser miembros de mesa, titulares y suplentes e instalar las mesas a tiempo.
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