domingo, 11 de noviembre de 2012

ROMEL ULLILEN NO FUE VACADO, CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA NEGÓ PEDIDO POR MAYORÍA

Solicitud de Pedro Gustavo Saavedra trasladado por el JNE se vio en sesión extraordinaria de concejo del viernes 9 de noviembre


Relativa tranquilidad puede tener, por el momento el burgomaestre de la provincia de Barranca Romel Ullilen Vega, toda vez que el concejo provincial de dicha jurisdicción decidió por mayoría  negar el pedido de vacancia que había interpuesto el ciudadano Pedro Gustavo Saavedra en contra de la referida autoridad porque habría estado cobrando algunas bonificaciones provenientes del pacto colectivo.

La mencionada sesión municipal se efectuó el último viernes 9 de noviembre, como parte de la disposición del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que ordenaba al concejo provincial de Barranca ventilar la solicitud de vacancia en primer instancia, según la resolución Nº 0556-2012-JNE.

Después de escuchar los alegatos de ambas partes y el ejemplo del caso del distrito Coronel Portillo Albarracín de Tacna que en el mes de agosto el JNE le dio la razón a dicho alcalde, los regidores decidieron por mayoría rechazar el pedido de vacancia.

El alcalde provincial Ullilen Vega en su defensa, señaló "que cuenta con más de 30 años de servicio en la administración pública, y que hasta la fecha no ha solicitado el pago de sus beneficios que de ley le corresponde, dejando en claro que como alcalde tampoco existe ningún tipo de ánimo de lucrarse".

Asimismo, acotó "muy por el contrario, al tomar conocimiento de la jurisprudencia electoral ocurrida al cargo de Alcalde de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, ordenó a la encargada de Recursos Humanos suspender cualquier pago que se le pretenda realizar si estos provienen de los convenios colectivos y además se realice una revisión de sus planillas de pago, por bonificaciones y otros conceptos que corresponden a los convenios colectivos, hecho que la autoridad edil, devolviera a la comuna la totalidad de los conceptos que no le corresponde cobrar en su calidad funcionario de elección popular, mucho antes a que fuera solicitada su vacancia".

Ahora lo que queda es esperar si Pedro Gustavo Saavedra decide realizar apelación del fallo de primera instancia, y eleva al JNE esta solicitud, para saber si dicha instancia electoral confirma y declara infundada la misma, solo así se puede decir que Romel Ullilen puede respirar en paz

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