domingo, 6 de noviembre de 2016

SINDICATO MÉDICO DE ESSALUD INICIARÁ ACCIONES LEGALES EN DEFENSA DE 3 MIL PROFESIONALES


Sindicato Nacional Médico del Seguro Social del Perú (Sinamssop) iniciará en los próximos días las acciones legales que correspondan en defensa de los 3 mil médicos, odontólogos y químicos farmacéuticos de EsSalud sujetos al Contrato Administrativo de Servicios – CAS, ante la negativa de esa Institución de acatar su pase inmediato al régimen laboral de la actividad privada DL 728, amparado en la sentencia del Tribunal Constitucional (Exp. 00025-2013-PI/TC) del 26/04/2016, que ratificó la exclusión de los profesionales de la salud del ámbito de la Ley Servir.

De acuerdo a la sentencia del Tribunal Constitucional, el Estado debe respetar las profesiones que por su naturaleza o particularidad del servicio cuentan con ley propia. Los profesionales médicos están excluidos de la Ley Servir, y por lo tanto deben pertenecer al régimen laboral que predomina en su entidad, por lo que no se les puede seguir afectando con el CAS que les limita el derecho a guardias, acceso al residentado médico y odontológico, jefaturas asistenciales y/o direcciones vía concursos, entre otros.

Por esta razón el Tribunal Constitucional dispuso la incompatibilidad del CAS con la profesión médica, en armonía con el mandato constitucional de no discriminación previsto en los Arts. 2° inciso 2) y 26° inciso 1) de la Constitución Política, interpretación que debe ser respetada y asumida por EsSalud, ya que no se encuentra por encima de la Constitución y las leyes.

Ante estos fundamentos, el secretario general del SINAMSSOP, Manuel Vásquez, solicitó mediante Carta 552-2016/SINAMSSOP del 12/09/2016 al presidente ejecutivo de EsSalud Gabriel Del Castillo, el cese de las convocatorias a concurso público y la correspondiente contratación en las plazas de médicos cirujanos, cirujanos dentistas y químicos farmacéuticos bajo la modalidad del CAS, así como también el pase o conversión de todos los profesionales de la salud afectados al régimen laboral de la actividad privada del DL 728. 

EsSalud respondió a través de la gerencia central de Gestión de las Personas, mediante Carta 5104-GCGP-ESSALUD-2016 del 04/10/2016, señalando que “de acuerdo a la normatividad vigente la Institución se encuentra autorizada para contratar personal a través del CAS”, ignorando el nuevo escenario jurídico generado a partir de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que excluyó del Servir a los profesionales de la salud.
Fuente: La República

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