domingo, 26 de octubre de 2014

CASOS DE EMERGENCIA DEBEN ATENDERSE DE MANERA INMEDIATA EN CUALQUIER CENTRO DE SALUD

Defensoría exhorta a la población denunciar casos de injusticia.   Foto: La República/ referencial

Mediante un comunicado, la Defensoría del Pueblo recordó a toda la población de todo el país que en casos de emergencia la atención médica los centros de salud del sector público están en la obligación de atender. 

Por ello, exhortó a exigir sus derechos ante un eventual caso. Agregó que el servicio no puede estar condicionado a un pago previo a la presentación del DNI, sin embargo, si después de recibir la primera atención médica se requiere trasladar al paciente a otro establecimiento, existe una obligación de hacerlo. 

La Defensoría explicó que los centros de salud pública deberán determinar si se trata de una emergencia, mediante el servicio de triaje, por donde pasará primero el paciente que requiere la atención inmediata. 

En casos de emergencia no se puede condicionar tu atención”, indica el video informativo de la institución. Una de las representantes de la Defensoría, agregó, que esta atención inmediata en casos de emergencia no aplica a centros médicos privados, pues no los regula el estado. 

Reiteró que solo después de superada la emergencia médica, el establecimiento puede tramitar el reembolso o una modalidad de pago. Informó que si hay algún reclamo sobre los servicios de emergencia, no duden en comunicarse con la Defensoría del Pueblo a la línea gratuita: 0-815-170 

O también puedes hacer tu reclamo vía twitter a las cuentas de @Minsa_Peru o @EssaludPeru.

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