sábado, 23 de noviembre de 2013

PESCA INDUSTRIAL ESTÁ PERMITIDA EN PRIMERAS DIEZ MILLAS MARINAS Y SITUACIÓN DE PESCA ARTESANAL ES INCIERTA

Extracción pesquera. Así se realizan, con grandes redes, las operaciones de pesca industrial de anchoveta en el mar peruano.

Se impusieron y mediante un "arma" legal como la demanda de acción popular, las grandes embarcaciones industriales podrían volver a pescar anchoveta en cualquier parte del mar peruano, aunque el Ministerio de la Producción (Produce) señaló ayer que el "reordenamiento pesquero" continúa de todas maneras.


El jueves último se conoció que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad parcial del Decreto Supremo Nº 005, emitido el 25 de agosto del 2012 por el Produce, el cual indicaba que dentro de las primeras 10 millas del mar peruano solo se pescaría para el consumo humano directo.

Se debe recordar que la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima también declaró fundada, en abril pasado, la demanda de acción popular presentada por la Asociación de Armadores Pesqueros.

El objetivo del DS 005 era preservar la biomasa de la anchoveta y otras especies marinas, pues en el Produce afirmaban que se había reducido drásticamente, por lo que era necesario un "reordenamiento pesquero".

Ahora, con la sentencia de la Corte Suprema la zona comprendida por encima de las cinco millas hasta las 10 millas del mar peruano ya no será exclusiva para la pesca de consumo humano directo, sino que desde el próximo 16 de diciembre las grandes embarcaciones industriales pescarán nuevamente en ese ámbito.

La Sala Suprema considera que el DS 005 es ilegal pues incumple lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley General de Pesca, "estableciendo un ordenamiento pesquero que no se ha trazado sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos".

Sin embargo, señala que la Sala Suprema no ha ingresado, en modo alguno, en competencias que son de exclusiva atribución del Poder Ejecutivo ni ha cuestionado que su ejercicio discrecional vaya en uno o en otro sentido.

Algo que ha sido interpretado por el Produce como un reconocimiento del Poder Judicial de que este fallo no impedirá que el reordenamiento de la pesca de anchoveta continúe.

No obstante, el procurador especializado en materia constitucional del Produce, Luis Huerta, dijo que la sentencia no puede ser apelada ante el Tribunal Constitucional.

"La Corte Suprema no ha objetado la decisión política de ordenar la pesca de anchoveta a partir del DS 005 ni cuestiona la competencia del Ministerio de la Producción de adoptar medidas en el marco de su competencia, en uno u otro sentido".

En tanto el viceministro de Pesquería, Paul Phumpiu, señaló que el fallo del Poder Judicial es uno más de los que se han venido emitiendo, incluso a favor del DS 005.

Enfatizó que el ordenamiento pesquero debe continuar, porque el Estado tiene el deber de velar por que los recursos hidrobiológicos y su extracción sean de manera sostenible.

FORMAR GRUPO DE TRABAJO
La Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) indicó estar de acuerdo con la necesidad de los controles que establece el DS 005-2012-Produce para el ordenamiento de la pesquería de la anchoveta.

Por ello, el gremio invocó al Gobierno a conformar un grupo de trabajo con los diferentes actores para perfeccionar el ordenamiento pesquero y la pronta puesta en marcha de los mecanismos de control y fiscalización establecidos en la normatividad vigente. 

"Recogemos el compromiso por el diálogo con los empresarios manifestado por el Presidente (Ollanta Humala) y el Primer Ministro (César Villanueva)", señaló la SNP.
Fuente: La República

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