viernes, 1 de agosto de 2014

RECIBOS POR HONORARIOS DEBERÁN CONTAR CON RUBRO DE RETENCIÓN

Recibos por honorarios deberán contar con rubro de retención

Los trabajadores independientes menores de 40 años aportarán desde el 1 de agosto un porcentaje de sus ingresos a un sistema de pensiones, si estos igualan o superan los 750 soles.

Los trabajadores independientes deberán colocar en su recibo por honorarios el monto de la retención al sistema privado o nacional de pensiones, explicó Olga Lazo, representante de Servicios al Contribuyente de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). 

En el caso de la AFP será el 2,5 % de su ingreso y en el de la ONP será de 5%. También debe figurar el porcentaje de la comisión de la AFP y el seguro de invalidez.

En el caso de tener recibos físicos antiguos en los que no conste el rubro de la retención, no necesitará gastar en unos nuevos.

"Si bien el problema radica en que el rubro de los montos que se consignan en el recibo no hay espacio para consignar los aportes al sistema pensionario que hayan elegido, pueden poner este dato de manera manual debajo de la descripción del servicio donde puedan consignarlo de manera legible", detalló.

Los recibos electrónicos se tramitan de manera gratuita a través de la página web de la Sunat.

Por otro lado, el agente de retención, es decir la empresa, deberá descontar el aporte cuando se paguen los honorarios del trabajador, dicho aporte se abonará durante los primeros cinco días del mes siguiente.

"Tienen dos formas de hacer el pago de las retenciones, en el caso de la retenciones a la ONP, se declara en la planilla electrónica, y en el caso de AFP, a través de AFPnet.”, agregó.

En caso de que el trabajador independiente que no tuvo retenciones durante el mes y superó los 750 soles, deberá hacer el trámite el mismo, ya sea la ONP o la AFP mediante el PDT o el AFPnet, respectivamente.

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