Concentración de pobladores en el frontis de la Municipalidad de Supe |
Sentimientos diversos generó entre los pobladores y sectores políticos del distrito que había cobrado notoriedad nacional por el tema Pensión 65, la vacancia de Julián David Nishijima Villavicencio como alcalde del Concejo Distrital de Supe, provincia de Barranca, región Lima.
Lo cierto es que conforme transcurría la tarde, los vecinos supanos se iban concentrando en su primera plaza pública para enterarse de la noticia que corrió como reguero de pólvora, no solamente en dicha localidad, sino en toda la región.
Lo que sorprendió, es que un grupo de trabajadores, presumiblemente seguidores del burgomaestre vacado; prácticamente se atrincheraron y encadenaron la puerta principal con varios candados, no se sabe si era para impedir el ingreso del acreditado nuevo alcalde de Supe, entonces primer regidor Juan Carlos Albújar Pereyra.
Pero ahora no queda otra cosa que acatar el fallo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que ha puso fin al período municipal del polémico alcalde aprista, que hace poco causó revuelo nacional porque su suegro aparecía como beneficiario del programa pensión 65 y estaba a punto de enfrentar una revocatoria el próximo 30 de setiembre.
FUNDAMENTOS DEL FALLO LAPIDARIO PARA "DJANGO"
El fallo del JNE encontró sustento, luego de valorados los medios probatorios, por lo que por mayoría, concluye que el alcalde Julián David Nishijima Villavicencio ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 9, en concordancia con el artículo 63 de la LOM, por lo siguiente:
a. De la documentación obrante en autos se aprecia la existencia de una relación jurídica patrimonial, la cual se encuentra acreditada con el desembolso de la suma de S/. 5 000 (bien municipal) que realizó la Municipalidad Distrital de Supe a favor del alcalde distrital Julián David Nishijima Villavicencio.
b. Se ha acreditado la intervención de la autoridad cuestionada al haber supuestamente cancelado los servicios de un ingeniero para la elaboración de una ficha informativa de clasificación ambiental (FICA) con su peculio y completar un trámite administrativo; y posteriormente solicitar la devolución, tal como se advierte de la Resolución de Alcaldía N.° 006-2011/MDS, que aprueba el desembolso, y del comprobante de pago.
c. Con relación al conflicto de intereses, se advierte que la autoridad municipal ha tenido una doble posición: por un lado, el supuesto hecho de haber cancelado los servicios para la elaboración de la FICA y, por el otro, haber recibido dinero de la Municipalidad Distrital de Supe; no pudiéndose justificar su conducta la autoridad municipal, desde que para acreditar el pago de los servicios del ingeniero Ricardo Saúl Maguiña Flores presentó otro recibo girado a una persona distinta, esto es, del ingeniero John Wínder Soto Arbieto.
NUEVAS AUTORIDADES DE SUPE
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, declaró FUNDADO el recurso extraordinario por afectación del derecho al debido proceso y a la tutela procesal efectiva, interpuesto por Jesús Gabriel Aranda More, y NULA la Resolución Nº 0587-2012-JNE, del 19 de junio de 2012.
Por lo que Julián David Nishijima Villavicencio fue desaforado como alcalde del Concejo Distrital de Supe, provincia de Barranca, región Lima, y han convocado a su reemplazante, Juan Carlos Albújar Pereyra; hasta entonces primer regidor de dicha comuna, para que completa el periodo de gobierno municipal 2011-2014.
Finalmente, el JNE integrado por Hugo Sivina Hurtado, presidente, José Humberto Pereira Rivarola, Baldomero Elías Ayvar Carrasco y José Luis, Velarde Urbanivia; ordenó la acreditación del ciudadano supano Lino Augusto Henríquez Díaz, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de regidor, con el cual se completa el Concejo Distrital de Supe.
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