En la mañana del viernes 13 de julio del presente año, se realizó la sesión de concejo extraordinaria en el salón Tupac Amaru de la Municipalidad Provincial de Huaral, región Lima, para tratar el pedido de vacancia del alcalde suspendido Jaime Uribe Ochoa a solicitud del ciudadano Javier Estula y el abogado Ernesto Castro Ríos.
Las partes expusieron sus fundamentos por un lapso de 5 minutos con lugar a replica, en esta ocasión la defensa del Dr. Jaime Uribe Ochoa, quien estuvo presente por un breve tiempo, fue el abogado José Ramos Cazasola.
El abogado, Ernesto Castro Ríos alegó que la vacancia de Uribe Ochoa, se fundamenta por haber incurrido en la causal establecida en el inciso 6°, articulo22° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, que indica que si una autoridad cuenta con Sentencia Judicial emitida en última instancia por delito doloso, debe ser declarada su vacancia por el concejo municipal.
En su intervención Ramos Cazasola argumentó “que si los hecho ocurrieron en el periodo por el cual el doctor Uribe fue electo del 2007 al 2010, no obstante que existe una sentencia consentida y ejecutoriada el jurado esta imposibilitado de ver y pronunciarse, respecto a hechos acaecidos, por que el Jurado no puede ir contra el espíritu, la norma y con lo que establece su propia resoluciones, entonces al existir esta imposibilidad jurídica, el Jurado Nacional de Elecciones de ninguna manera va poder vacar al doctor Uribe Ochoa, porque aquello sería incurrir en un acto de prevaricato”, explicó.
A su turno el ciudadano Javier Alberto Estula Yactayo, indicó que el alcalde suspendido debería ser vacado por mantener en su contra dos sentencias judiciales, razón por la cual fuese suspendido por disposición del Jurado Nacional de Elecciones.
Al final 7 regidores y el alcalde Víctor Bazán votaron a favor de la vacancia y 4 concejales en contra, siendo los regidores Aida Watanabe, Shirley Falcón, Germán Menacho y Huaman Jerí.
(HUARAL EN LÍNEA)
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