jueves, 6 de diciembre de 2012

FRACASOS Y CHANCHULLOS EN LA GESTIÓN REGIONAL DE SALUD

Escribe: Jacinto Jesús Palacios Solano, médico y docente universitario.

Constatado el fracaso del  ilegal método de designación de Directores de hospitales a dedo y frente a algunos reclamos gremiales al respecto, el Director Regional de Salud ha convocado a concurso para elegir al Director del Hospital Regional de Huacho; lamentablemente lo ha hecho redundando en la ilegalidad y, por tanto, sin ánimo de corregir errores.

La Ley de Trabajo Médico estableció  “Artículo 19.- Las Jefaturas y Direcciones serán cubiertas únicamente por concurso”, y fue el Decreto Supremo 011-2002-SA (El Peruano, EP, 12 de septiembre de 2002), después de largas luchas y esperas, el que reglamentó ese artículo de la Ley aprobando el Reglamento de Concurso para el cargo de Directores y Jefes de Departamento, válido para todo el país.

Desde entonces en nuestro país para asumir el cargo de Director de Hospital es requisito legal haber ganado el correspondiente  concurso de selección. Designar Director a dedo  equivale a escoger un proveedor sin la correspondiente convocatoria, y es delito. Dice en el Código Penal  “Artículo 381o.- El funcionario público que hace un nombramiento para cargo público a persona en quien no concurren los requisitos legales, será reprimido con sesenta a ciento veinte días-multa”. Siendo leve la penalidad del delito, los nuevos funcionarios   regionales en muchas regiones hacen caso omiso, no así en Lima Metropolitana donde la fuerza  de los gremios nacionales y de la prensa nacional obliga al cumplimiento de la ley.

Mediante Decreto Supremo N° 003-2006-SA (EP 06 de marzo de 2006) la Ministra Mazzetti cambió momentáneamente el mencionado reglamento, reiterando su alcance a nivel nacional pero modificando el sistema de puntuación con el fin de minimizar la puntuación de la experiencia profesional, de los logros académicos y de los cargos previos ejercidos por concurso, pretendiendo propiciar el triunfo de concursantes nuevecitos hechos a la medida del  poder político de turno. 

Por lo que el Congreso de la República dio la  Ley N° 28792 (EP 21 de julio de 2006), que dejó  sin efecto ese Decreto Supremo N° 003-2006-SA y restituyó la vigencia del Decreto Supremo N° 011-2002-SA, de tal manera que el mencionado reglamento tiene ahora, desde el año 2006,  fuerza no sólo de Decreto Supremo sino de Ley nacional que sólo puede ser modificada por el Congreso de la República.  Todos vimos como la Ministra pasó luego “con su gente” al Ministerio del Interior en el nuevo gobierno de entonces (julio de 2006)  y también como tuvo que renunciar en medio de un escándalo por un concurso fraudulento efectuado por “su gente” para la adquisición de patrulleros.

Muy lejos de tener en cuenta ese precedente el Director  Regional de Salud ha involucrado, y posiblemente sorprendido  a  colegas que conforman la Comisión Regional del Proceso de Concurso para cubrir la plaza de Director Ejecutivo de los hospitales de la DIRESA LIMA,  haciéndoles partícipes de un chanchullo que ya varias veces ha sido antes rechazado por no sujetarse a la ley.  

Así en una sola sesión  realizada el 19 de noviembre  la Comisión dispuso “que la Secretaría Técnica de la Comisión  elabore el proyecto de las bases administrativas” e inmediatamente, “previo debate y análisis de la Comisión en pleno por unanimidad se acordó” “aprobar las Bases del Proceso de Concurso”, mismas  que contiene un Reglamento que es totalmente diferente al  aprobado por DS 011-2002-SA y  ley ratificatoria expresa N° 28792. 

El currículo que legalmente vale 50% valdría 30% (con especificidades que invalidan la capacitación obtenida 10 años antes, aunque ésta se haya estado aplicando y perfeccionando en el quehacer diario; y con detalles deplorables como bajar la calificación por haber sido Director concursado de 2.5 a sólo un punto mientras que también se da un punto por haber sido miembro de una Junta Directiva de Cuerpo Médico  y dos puntos  por haber sido miembro de Junta Directiva Regional  del Colegio Médico, cargos que como sabemos duran menos tiempo y son acompañantes con una dedicación que dista mucho de la de un Director concursado), el  examen escrito que legalmente  vale 20 % valdría 30% y el proyecto  de gestión que legalmente  vale 30% valdría 40% (pero no dan  tiempo para prepararlo), posibilitando la actuación subjetiva y  despótica de los miembros de la Comisión porque, por ejemplo, se señala que “19.5 El postulante solo podrá presentar los recursos de reclamo y el recurso de observación, contra los resultados de su propia calificación”. 

Los dos miembros médicos asistenciales de la Comisión quizá no se dieron cuenta de la trampa de esa reunión, pero es como si una Comisión de Adquisiciones se arrogara el derecho de modificar la Ley de contrataciones del Estado y su Reglamento,  siendo que lo que tienen que hacer simplemente es aplicar la ley y su reglamento, en este caso el artículo 19 de la ley de Trabajo Médico (Decreto Legislativo 559) y su Reglamento (DS 011-2002-SA y Ley ratificatoria 28792). Aparte de la evidente  prevaricación, al aplicar un reglamento diferente al que  corresponde, existe el delito de usurpación de funciones al dar un nuevo reglamento contrario al que tiene vigencia nacional, y aunque en los concursos de personal no existe un órgano de control específico, como es el OSCE (Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado)  que controla las contrataciones, para todo caso existe la Contraloría que temprano  o  tarde tendrá que actuar.  

Mientras tanto en el Hospital Regional y su Red, se le ha retirado la condición de Unidad Formuladora de Proyectos para el SNIP (Sistema Nacional de Inversión Pública), se le ha retirado o minimizado la partida para ejecución de proyectos,  muchos medicamentos del petitorio nacional básico no existen, o son negados cuando se trata de  pacientes  SIS, se niega o regatea el SIS a personas con poca instrucción administrativa, existe déficit de médicos especialistas para cubrir turnos en servicios tan esenciales como es Sala de Operaciones, la burocracia se multiplica sin mejorar el trato, surgen empleados   fantasmas, el aire acondicionado de sala de operaciones está inservible poniendo en riesgo de contaminación a los pacientes, los pisos y baños de los servicios de hospitalización se encuentran vergonzosamente deteriorados, no se adquiere nuevo equipo (como ecógrafos) para dotar a nuevos establecimientos de la periferia y acercar el servicio a los que menos recursos tienen.

Las computadoras que existían en los consultorios y tópicos de Emergencia para reportar y recibir  inmediatamente información (por ejemplo resultados de análisis, stock de medicamentos, costos, etc) han desaparecido y ahora se posterga la información y se apunta en cuadernitos, no se desarrolla la infraestructura, el equipamiento y dotación de especialistas para consolidar al Hospital Regional como un hospital de referencia que disminuya  las transferencias de pacientes a hospitales de Lima (que son difíciles, por la falta de cupos, riesgosas  y onerosas), se exhibe la foto del Presidente Regional en los camiones de atención ambulatoria permanentemente  estacionados sin que realmente se les utilice en llevar salud a las poblaciones con dificultades geográficas o culturales para el acceso, dando una obscura imagen etc. 

El chanchullo que  está tratando de armar luego de casi dos años de gestión inservible muestra que la fuente que riega y hace crecer los problemas de salud en nuestras provincias no se encuentra en los Hospitales sino en la Dirección Regional. 

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