Vista de la causa será el 20 de agosto, luego que el máximo ente electoral acumulará las dos solicitudes de vacancia
La misma se da, luego que la máxima instancia electoral nacional acumulará los dos expedientes que solicitan la salida de los regidores barranqueños. De esta manera, ya están juntos el expediente N.° J-2012-00866 presentado por Pedro Gustavo Saavedra Plasier y el expediente N.° J-2012-00842 tramitado por Luis Antonio Huaytán Canares, según disposición del JNE, de fecha 17 de julio de 2012.
Dichos documentos fueron elevados a dicha instancia, contra los Acuerdos de Concejo N° 039-2012-AL/CPB y N°
045-2012-AL/CPB, de fechas 18 de mayo y 7 de junio de 2012, respectivamente,
que rechazaron las solicitudes de vacancia contra José Luis Flores Malqui y
Abraham Donato Gadea Sotelo, regidores del Concejo Provincial de Barranca,
departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 10,
de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
SOLICITUD DE VACANCIA DE LUIS ANTONIO HUAYTÁN CANARES
Con fecha
31 de marzo de 2012, Luis Antonio Huaytán Canares solicitó la vacancia de José Luis Flores
Malqui y Abraham Donato Gadea Sotelo, regidores del Concejo Provincial de
Barranca, por la causal prevista en
el artículo 22, numeral 10, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por sobrevenir algunos de los
impedimentos establecidos en la Ley de Elecciones Municipales, pues no
renunciaron a sus cargos directivos en la empresa prestadora de servicios y
saneamiento, Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Barranca
(Semapa-Barranca) cuando postularon a sus cargos de regidores durante el
Proceso de Elecciones Municipales del 2010, continuando en dichos cargos hasta
diciembre de 2010.
En sesión extraordinaria, de fecha 18 de mayo de 2012, el Concejo
Provincial de Barranca rechazó el pedido de vacancia que recayó en el Acuerdo de Consejo N.° 039-2012-AL/CPB, el que fue
apelado posteriormente.
SOLICITUD DE VACANCIA DE PEDRO GUSTAVO SAAVEDRA PLASIER
Con fecha 11 de abril de 2012, Pedro
Gustavo Saavedra Plasier solicitó la vacancia de José Luis Flores Malqui y
Abraham Donato Gadea Sotelo, regidores del Concejo Provincial de Barranca, por
la causal prevista en el artículo 22, numeral 10, de la LOM, pues no
renunciaron a sus cargos directivos en la Empresa de Agua Potable y
Alcantarillado de Barranca (Semapa-Barranca) cuando postularon a sus cargos de
regidores durante el proceso de Elecciones Municipales del 2010, continuando en
sus cargos hasta diciembre de 2010.
En sesión extraordinaria, de fecha 7 de junio de 2012, el Concejo
Provincial de Barranca rechazó el pedido de vacancia que recayó en el Acuerdo de Consejo N.° 045-2012-AL/CPB, el que fue
apelado posteriormente.
LAS POSIBLES CONVOCADAS
Si el JNE decreta la vacancia de los regidores en mención, porque encontró infracción en el artículo 22, numeral 10, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la última instancia electoral del país se verá obligada a proclamar como sus reemplazantes a las otras integrantes de la lista de candidatos a regidores del movimiento regional Concertación para del desarrollo regional - La Familia que figuran como accesitarias Reina Isabel Trujillo Soto, docente de una institución educativa privada de Barranca y Mitsy Elizabeth Nolasco Rivera de Corpus, quien se desempeña como enfermera técnica.
No hay comentarios:
Publicar un comentario