Congresista Elard Melgar |
Mientras miles de agricultores hoy en día pasan penurias para conseguir un poco de agua para irrigar sus campos de cultivos y hasta son restringidos en el uso del vital liquido; algunos personajes que al parecer gozan de ciertas influencias como el Congresista fujimorista Elard Melgar, han venido haciendo uso y abuso del agua; situación que ha sido puesta al descubierto y que ha merecido una fuerte sanción por parte de la Autoridad Local de Agua de la provincia de Huaura, región Lima.
Mediante Resolución Administrativa N° 0167-2012-ANA-ALA Huaura, la empresa Agropecuaria San Ramón S.A.C., de propiedad del Congresista de la República Elard Melgar Valdez fue sancionada con treinta Unidades Impositivas Tributarias (30.00 UIT), por la utilización del recurso hídrico sin contar con el derecho de uso de agua correspondiente y por destinar las aguas a uso o predio distinto para el cual fueron otorgadas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.
Con fecha 23 de febrero del 2012, se inicia el procedimiento sancionador a la empresa Agropecuaria San Ramón E.l.R.L., en virtud de lo constatado en el acta de inspección ocular de fecha 21 de febrero del 2012, según el cual el indicado usuario estaría utilizando un mayor volumen de agua al otorgado en sus respectivas licencias de uso y por usar el agua en lugar distinto al que le fuera otorgado, los cuales constituyen infracciones a los artículos 120º numerales 1, 2 y 57º numeral 1 de la ley de Recursos Hídricos.
En su momento, el representante de Agropecuaria San Ramón S.A.C. presentó su descargo, donde alegó que en el acta de inspección ocular donde se señala que se encuentra en posesión del predio Pampa Grande de 473.00 has., lo que no se ajusta a la realidad; dado que son propietarios y poseedores legítimos del “Fundo Pampa Grande”, con un área 507 has., el cual cuenta con 273 has de frutales como palto, uva y granadilla y no con mas como precisa el acta. Asimismo aduce que mediante el sistema de de riego le permite irrigar 273.00 has lo cual no constituye de modo alguna infracción, sino un adecuado y optimo uso de agua;
Es asi que mediante informe N° 013-2012-ANA·ALA.H/IE de fecha 19 de marzo del 2012, se realiza la evaluación de los hechos y los descargos presentados, quedando acreditado que la Agropecuaria San Ramón S.A.C., ha utilizado el recurso hídrico sin el correspondiente derecho de uso de agua y ha destinado las aguas a predio distinto para el cual fueron otorgadas, conforme se aprecia el acta de inspección ocular de fecha 21 de febrero del 2012, suscrita por el representante de la comisión de regantes San Felipe, Junta de Usuarios del Valle Huaura, la Administración Local de Agua – Huaura y el representante de la empresa Agropecuaria San Ramón S.A.C, recomendando sancionar con una multa de 30.00 UIT, (109,500 Nuevos soles).
Tras la evaluación efectuada ha quedado acreditada que la empresa Agropecuaria San Ramón ha incurrido en infracción tipificada en los numerales 1 y 2 del artículo 120°, numeral 1 del artículo 57° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales a) y g) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, correspondiendo emitir la resolución de sanción por infracción muy grave.
La pregunta que surge es cómo la Junta de Usuarios de Huaura ha venido permitiendo el uso ilegal del agua de grandes empresas que teniendo licencia para irrigar pequeñas hectareas han venido regando grandes extensiones, sin pagar por su uso.
(ECOS HUACHO)
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