NUEVOS VIENTOS DEMOCRÁTICOS. El Pleno del Congreso de la República aprobó con 81 votos a favor, 17 en contra y 2 abstenciones, el martes 23 de julio, la reforma política que propone que los condenados en primera instancia no puedan postular a cargos de elección popular.
A las 6:54 de la tarde de dicha jornada, la representación parlamentaria aprobó, luego de varias horas de debate, el dictamen de la Comisión de Constitución, después de que, más temprano, la votación de esta iniciativa fue pospuesta por no haber alcanzado el mínimo de 100 parlamentarios en el hemiciclo para la votación.
El texto sustitutorio de los proyectos de ley 122 y 4190 aprobado incorpora el artículo 34-A a la Constitución y y modifica el artículo 39, con lo cual se establece que las personas condenadas, además de no poder postular a cargos de elección popular, tampoco podrán acceder a la administración pública en cargos de confianza.
El dictamen de la Comisión de Constitución, en un inicio, fue debatido y puesto a votación en la sesión del Pleno del pasado 11 de julio; sin embargo, el presidente del Legislativo, Daniel Salaverry, suspendió la votación porque solo había 89 parlamentarios.
De acuerdo al Reglamento del Congreso, las reformas constitucionales solo son aprobadas con 87 votos a favor, en un quórum que pase los 100 parlamentarios. Además, al repercutir los efectos de estos dictámenes en la Constitución, obligatoriamente debe ser votado de nuevo en una segunda legislatura.
En la jornada del 11 de julio, cabe resaltar, el fujimorismo criticó la reforma alegando que se atentaba contra la presunción de inocencia de los candidatos, argumento que este martes el congresista de Fuerza Popular, Mario Mantilla, reafirmó, pues sostuvo que la medida no contempla que la restricción se imponga a los sentenciados con condena firme.
Con la aprobación de este proyecto, la reforma política impulsada por el Ejecutivo suma ya cuatro iniciativas aprobadas en el Pleno del Congreso.
Estos proyectos son los que abordan el tema de la inscripción de los partidos y organizaciones políticas y el de democracia interna dentro de estos. Además, la iniciativa que se aboca a la modificación del Código Penal para tipificar el financiamiento ilícito en partidos políticos como un delito punible y ya no como una falta administrativa.
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