Por: Vicente David Rojas Paico
"Son deberes primordiales del Estado: …; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos…; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación" (Constitución 1993. Artículo 44º).
Los acontecimientos relacionados con la gestión de las instituciones públicas, ponen en evidencia, nuevamente, que se vienen asentando redes de corrupción que se entroncan en el poder. A lo largo de nuestra historia republicana, se viene desarrollando un sistema político corrupto, que actualmente se basa en la coima institucionalizada, la cultura de la viveza y el Poder infiscalizado (que no tiene control ciudadano).
Con fecha 17 de febrero último, el diario El Comercio (p. A2) publica una Encuesta Nacional Urbana, elaborada por IPSOS sobre la base de una muestra equivalente al 75.42% de la población electoral del Perú, he aquí algunos indicadores, que nos describen la cruda realidad:
¿De la siguiente lista cuál le parece el principal problema que enfrentan las instituciones públicas y que impide lograr el desarrollo del país? Corrupción de funcionarios y autoridades (54%) / Falta de eficiencia de los funcionarios y autoridades (22 %) / Falta de interés de los ciudadanos (9%) / Problemas de coordinación entre las instituciones (8%) / Falta de recursos económicos (6%) / No precisa (1%).
¿En qué gobierno considera que hubo más corrupción? Gobierno de Alberto Fujimori (40%) / Gobierno de Alan García (30%) / Gobierno de Alejandro Toledo (18%) / Gobierno de Ollanta Humala (9%) / No precisa (1%).
¿Cree que dentro de cinco años la corrupción en el Perú…? Seguirá igual (50%) / Habrá aumentado (33%) / Habrá disminuido (12%) / No precisa (5%)
Si un periodista extranjero le preguntara qué posibilidades hay en el Perú de sobornar / coimear a…, que le contestaría
Al personal del Poder Judicial: Tiene bastantes posibilidades (43%) / Definitivamente lo conseguirá (31%) / Tiene pocas probabilidades (19%) / No tiene ninguna probabilidad, que ni lo intente (5%) / No precisa (2%)
Al personal municipal: Tiene bastantes posibilidades (44%) / Definitivamente lo conseguirá (22%) / Tiene pocas probabilidades (22%) / No tiene ninguna probabilidad, que ni lo intente (3%) / No precisa (2%)
Un policía: Tiene bastantes probabilidades (42%) / Definitivamente lo conseguirá (40%) / Tiene pocas probabilidades (14%) / No tiene ninguna probabilidad, que ni lo intente (3%) / No precisa (1%)
Un congresista: Tiene bastantes posibilidades (43%) / Definitivamente lo conseguirá (34%) / Tiene pocas probabilidades (13%) / No tiene ninguna probabilidad, que ni lo intente (3%) / No precisa (3%).
Pero la corrupción no solo compete el ámbito público, también existe en el sector privado (en todas partes se cuecen habas); en el mes de abril del año pasado, IPSOS por encargo de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN) y el Banco Mundial, hizo la encuesta denominada “Lucha contra la corrupción desde el sector privado”, referimos algunos resultados:
El 94% de los empresarios encuestados, están de acuerdo con la siguiente definición de la corrupción: “Uso indebido del poder para obtener beneficios irregulares (económicos o no) violando la ley y afectando la legitimidad de la autoridad y los derechos fundamentales de la persona".
A la pregunta: ¿Cuáles son las principales prácticas irregulares y/o de corrupción que ocurren en el sector empresarial en el Perú?, dijeron: Coimas / sobornos (84%) / Tráfico de influencias (65%) / Evasión tributaria (57%).
A la pregunta: Según su opinión, ¿…es un acto de corrupción o no?, dijeron: Dar bienes o dinero para que la empresa sea favorecida en una licitación (98%) / Solicitar a un funcionario público u otra persona que favorezca a la empresa en una licitación (97%) / Dar bienes o dinero para agilizar un trámite de la empresa (95%) / Cometer fraude contable (91%) / Uso indebido de información privilegiada para favorecer o perjudicar a la empresa o terceros (91%) / Malversar fondos de la empresa para beneficio propio o de terceros (89%) / Pactar con otras empresas sobre quién debe ganar una licitación / concurso público (89%) / Manipular la contabilidad para pagar menos impuestos (86%).
A la pregunta: ¿Cuáles son los procesos de mayor vulnerabilidad para la corrupción entre el sector privado y público?, dijeron: Procesos de compra del Estado, contrataciones, licitaciones, etc. (84%) / Trámites administrativos (licencias, autorizaciones, etc.) (81%) / Procesos judiciales entre las empresas y el Estado (58%).
En el año 2009, el Consejo Internacional de Políticas de Derechos Humanos (ICHRP) y el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey - México, publicaron un estudio denominado “La corrupción y los derechos humanos. Estableciendo el vínculo”; en la introducción de dicha investigación (pp. iii - v) consignan algunas afirmaciones que son perfectamente aplicables a nuestro país en los actuales momentos, así tenemos que:
(…) los Derechos Humanos y el derecho a una vida libre de corrupción son pilares fundamentales de la función pública, estos garantizan la credibilidad del sistema y la acción de todo gobierno en cualquiera de sus tres órdenes: (…).
(…), proclamar los Derechos Humanos y una vida libre de corrupción representa también un fuerte pronunciamiento ético. Su comprensión como un acercamiento ético, más allá de lo estrictamente ratificado en un tratado internacional, adoptado en una legislación interna e implementado en una política pública, es un imperativo categórico de tal modo que la lectura, comprensión, reflexión y análisis de estos dos principios, desde la óptica de un servidor público, se convierten en una herramienta no sólo útil sino urgente y necesaria para el ejercicio de la función pública. Es importante señalar que un acercamiento basado en Derechos Humanos demanda también el conocimiento de los derechos de cada persona en la forma de respeto a las libertades fundamentales y respectivas obligaciones a las cuales se les debe de proporcionar un reconocimiento ético.
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La lógica de la relación entre derechos humanos y una vida libre de corrupción en el amplio espectro de posibilidades entre los derechos civiles y políticos y aquellos económicos y sociales y culturales. Estos vienen analizados de manera detallada en la afectación directa de cómo la corrupción impacta a estos derechos.
Mientras los primeros impactan de manera particular libertades fundamentales que van desde el debido proceso hasta una vida libre del temor de ser torturado; los segundos enfrentan situaciones de inequidad sistémica como parte de un interés que ha puesto mayor presión sobre países en particular en aras a llevar a cabo reformas democráticas que lleven consigo políticas anticorrupción que permitan que los recursos lleguen a los grupos más vulnerables sin discriminación alguna. De ahí que, cuando la corrupción se disemina, la gente no tiene acceso a la justicia, vive en la inseguridad. La corrupción fomenta la discriminación, priva a los grupos vulnerables de recursos y evita el cumplimiento de la gente de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Por último, un claro entendimiento de la conexión entre los actos de corrupción y los derechos humanos empoderaría a aquellos que legítimamente demandan todos sus derechos en relación con los actos de corrupción, y ayudaría al Estado, y a otras autoridades públicas, a respetar, proteger y cumplir con sus responsabilidades en derechos humanos en cada nivel, federal, estatal o municipal. Una perspectiva en derechos humanos requiere de las decisiones de la política preguntarse cómo el diseño e implementación de programas anticorrupción afectará a aquellos que viven en marginación o en extrema pobreza, sujetos a una discriminación social y vulnerables en muchos sentidos.
Adherirse a los principios de derechos humanos implica por ende, identificar y superar los obstáculos (como la discriminación de género, étnica, racismo, violencia) que hace a esta gente vulnerable a la corrupción. Mientras se parece estar de acuerdo de que la corrupción tiene un impacto específico sobre los grupos vulnerables, la incorporación de esta vulnerabilidad y de una perspectiva de género en el diseño de programas de anticorrupción aún está limitada y es cosa excepcional. Haciendo uso de los principios que sustentan los derechos humanos ayudará a fortalecer estas dimensiones.
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