sábado, 27 de julio de 2013

RECHAZAN RECURSO PARA RETOMAR EL SORTEO DEL SERVICIO MILITAR

Desconcierto. El Ejecutivo deberá replantear su modo de afrontar la necesidad de contar con soldados preparados.

El Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró infundado el recurso de oposición a la medida cautelar que suspendió el sorteo para completar el contingente de jóvenes que realice servicio militar en el Ejército.

De esta manera, la resolución judicial, fechada el 25 de julio, ratificó la decisión de detener la modalidad para completar las plazas faltantes.

Con esta resolución, el juez David Suárez Burgos ratificó la vigencia de la medida cautelar que presentó la Defensoría del Pueblo por considerar que el sorteo para el servicio militar es arbitrario y discriminatorio, ya que en la práctica obliga a los jóvenes a acudir al llamamiento y deja de lado su naturaleza de voluntario; además, el reglamento exonera a los que pueden pagar los 1.850 soles de multa, así como a los estudiantes universitarios, pero no de los institutos superiores.

El magistrado señala que tras evaluar los argumentos de las acciones de oposición interpuestas por los procuradores del Ministerio de Defensa, el Ejército Peruano y la Presidencia del Consejo de Ministros, así como de los representes de la Defensoría del Pueblo, se determinó que se cumplen los requisitos para suspender el sorteo hasta que se resuelva el tema de fondo, es decir, la acción de amparo contra el sistema de convocatoria para el servicio militar.

El 18 de junio pasado, un día antes del sorteo convocado por el Comando de Reservas y Movilización del Ejército, el Primer Juzgado Constitucional paralizó este mecanismo que buscaba convocar a 12.500 jóvenes de entre 18 y 25 años.

MINDEF APELARÁ
El procurador del Ministerio de Defensa, Gustavo Adrianzén, anunció que en cuanto sean notificados oficialmente apelarán la decisión ante la Sala Superior, pues “atenta gravemente contra lo que consideramos el Sistema de Defensa y Seguridad Nacional".

Lamentó que el magistrado no haya tomado en cuenta los fundamentos de la oposición presentada por los representantes del Estado y más bien haya dicho que las consideraciones que interpusieron deben ser atendidas en un recurso de apelación.

Insistió en que el sorteo no es discriminatorio, pues solo es el inicio de un largo proceso de selección, tras lo cual se determina si cumplen los requisitos de exoneración.

Refirió que además interpondrán una queja por inconducta funcional contra el juez Suárez ante la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA).

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