viernes, 27 de abril de 2018

PODER JUDICIAL DE CAÑETE SENTENCIA A EX-FUNCIONARIOS DE JAVIER ALVARADO Y A ÉL LO DEJAN LIBRE POR PRESCRIPCIÓN

CASO FINVER CAÑETE ACASO SE LIBRÓ EL PAPICHULO DE ESTA DENUNCIA?

SENTENCIAN A EX – FUNCIONARIOS DE LA GESTIÓN MUNICIPAL DE JAVIER ALVARADO-CASO ENCARGOS INTERNOS EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE.

Siendo las 6:00 pm, del día 25 de Abril del 2018 se llevó a cabo Lectura de Sentencia de los acusados Javier Alvarado Gonzales del valle, Prospero Senosaín Calero, Laura Mercedes Vivanco Manyari, Eduardo Wanus Dalarier Gonzales y Manuel Humberto Marquez Vivanco, el Juez del 1er Juzgado Penal Unipersonal Dr. Edmundo Guillen Gutierrez procedió a dar lectura íntegra la especialista de la audiencia. Resolviendo:

1.- Prescrita la acción penal a favor del acusado Javier Alvarado Gonzales del valle y por extensión a favor de Prospero Senosaín Calero y dispone el archivo definitivo en ese extremo.

2.- Condenan a la acusada Laura Mercedes Vivanco Manyari ( ex – secretaria de Gerente Municipal) por la comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso, en agravio de la Municipalidad Provincial de Cañete , en su calidad de cómplice secundaria le imponen 3 años de pena privativa de libertad suspendida, asimismo imponen inhabilitación para ocupar cargos públicos.

3.- Condenan al acusado Eduardo Wanus Dalarier Gonzales (ex – Gerente de administración) como autor del delito a 5 años y 4 meses de pena privativa de libertad efectiva, la misma que cumplirá en el establecimiento penal de cantera, asimismo inhabilitación para ocupar cargos públicos.

4.- Los condenados pagaran la reparación civil de s/. 500,000.00 mil soles

5.- Reservan el juzgamiento del acusado Manuel Humberto Marquez Vivanco hasta que sea habido 

Terminado de leer en su totalidad la sentencia, el abogado defensor de la condenada Laura Mercedes Vivanco Manyari interpone recurso de apelación, la Procuraduría interpone recurso de apelación sobre la declaración fundada de prescripción de Javier Alvarado y Senosaín Calero, asimismo sobre la reparación civil.

DEL CASO DE LA ACCIÓN PENAL PRESCRITA DE ALVARADO Y SENOSAÍN, EL JUEZ MANIFIESTA QUE LE CAUSA EXTRAÑEZA QUE LOS HECHOS INVESTIGADOS SUSCITADOS EN EL AÑO 2007 AL 31 DE MARZO DEL 2010 EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, SEA OBJETO DE JUZGAMIENTO RECIEN, DESPUES DE 8 AÑOS Y LO QUE LLAMA LA ATENCIÓN PODEROSAMENTE QUE EL MINISTERIO PÚBLICO COMO ENTE PERCEPTOR DE LOS DELITOS HAYA DEMORADO TANTO TIEMPO EN EL PROCESO DE INVESTIGACIÓN.

PERMITIENDO QUE LA ACCIÓN PERCEPTORA DEL ESTADO QUEDE NULA PARA SANCIONAR LAS CONDUCTAS ILÍCITAS ADVERTIDAS, ASIMISMO MANIFIESTA QUE ELLO DEBE SER DE CONOCIMIENTO DEL ÓRGANO DE CONTROL RESPECTIVO, POR CUANTO SITUACIONES COMO ESTA SON CUESTIONABLES SOBREMANERA POR LA SOCIEDAD CON JUSTA RAZÓN COMO PARTE DE CONTROL SOCIAL, seguramente después de leer lo manifestado por el Juez usted se preguntará quien era el Fiscal? Que casi y/o prácticamente le extendió una mano a Javier Alvarado y Senosaín Calero, corrió aceite? El Fiscal es nada más y nada menos que MÁXIMO NOÉ CÁRDENAS ORTÍZ. Actualmente suspendido por otros casos por conducta funcional., Noé Cárdenas porqué no te largas de Cañete?????

Siendo las 7:50 de la noche culmina la lectura de sentencia.

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