sábado, 10 de febrero de 2018

JUZGADO PENAL COLEGIADO DE HUARAL CONDENÓ A CADENA PERPETUA ACUSADO POR DELITO CONTRA LA LIBERTAD – VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE 10 AÑOS DE EDAD

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El Juzgado Penal Colegiado de Huaral conformado por los Magistrados David Minchan Vigo, Raúl Caro Magni y Azucena Jenny Tolentino Galindo, en audiencia de juicio oral del expediente número 2214-2016-59, administrando justicia a nombre de la Nación, por unanimidad, FALLARON : CONDENANDO al acusado FREDY NILO LAVADO MORENO (27) , como autor del delito contra La Libertad – Violación de la Libertad Sexual de Menor de edad, ilícito previsto y sancionado en el artículo 173 numeral 1) del Código Penal, en agravio del menor identificada con las iniciales W.D.C.(10); imponiéndosele CADENA PERPETUA, cómputo se efectuará desde que sea internado en un centro penitenciario. RESOLUCIÓN NÚMERO N° 14 del veintinueve de enero Del año dos mil dieciocho.

FIJARON la suma de S/15,000.00 por concepto de reparación civil a favor del menor agraviado; monto que deberá ser cancelado por el ahora sentenciado durante la ejecución de sentencia.

“Durante la visualización del DVD en cámara GESELL, se acredito lo vertido por el menor agraviado como puso de conocimiento a sus padres del hecho materia de este proceso y que en este plenario los testigos han narrado uniformemente, con lo que se acredita la persistencia en la criminación por parte del menor agraviado en su declaración contra la persona de Fredy Nilo Lavado Moreno y que en este plenario ha sido corroborado también con otros medios probatorios de carácter objetivo. Todas estas pruebas de naturaleza personal y documental actuadas válidamente en juicio, permiten concluir a este Colegiado que el acusado es autor del delito de violación de menor de edad en contra del menor agraviado de iniciales W.D.C. (10)

Se precisa que durante lectura integral de la sentencia realizado el OCHO DE FEBERERO del año en curso a horas CUATRO DE LA TARDE; no se presentó el ahora sentenciado, por lo que ORDENARON cursar los oficios respectivos a las autoridades competentes para la ubicación, captura e internamiento en el Centro Penitenciario de Carquín, del ahora sentenciado FREDY NILO LAVADO MORENO oficiándose para su cumplimiento bajo responsabilidad funcional.

ORDENANDO que conforme al artículo 178-A del Código Penal, dicho sentenciado previo examen médico y psicológico que determine su aplicación, sea sometido a un tratamiento terapéutico a efectos de facilitar su readaptación social.

DISPONIENDO que consentida y/o ejecutoriada sea la presente resolución, se cursen los boletines de condena respectivos, oficiándose; cumplido sea, se remitan los actuados al Juzgado de Investigación Preparatoria de origen, a fin que cumpla con ejecutar la presente sentencia condenatoria.

Estuvieron presente en la audiencia de juicio oral el REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: Dr Agustín López Cruz, Fiscal Provincial Penal de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaral, la DEFENSA DEL ACTOR CIVIL, Jhon Elvis Buitrón Arainga, DEFENSA PARTICULAR DEL ACUSADO: Dr. Martin Alexander Jesús Ipince.

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