Ante esto transportistas cancelan paro anunciado para el 30 y 31 de mayo
El sábado 27 de mayo, la municipalidad provincial de Huaura publicó en el diario oficial El Peruano la ordenanza número 08, que aprueba la habilitación de vehículos destinados al servicio de transporte público en la modalidad de taxi o auto colectivo, con un peso menor a los 1000 kilogramos y una cilindrada mínima de 1.250 centímetros cúbicos.
Esta Ordenanza, que fue aprobada en sesión de concejo provincial, favorece a vehículos de la categoría M1 bajo las siguientes especificaciones:
a) Para el Servicio de Taxi:
- Aquellos que no estén inscritos en la Municipalidad Provincial de Huaura, deberán solicitar su habilitación vehicular dentro de los 15 días hábiles luego de publicada la presente Ordenanza; para tal efecto no se tomará en cuenta la antigüedad para el acceso.
- Aquellos que tengan la Tarjeta Única de Circulación vencida, deberán solicitar su habilitación dentro del plazo de 30 días hábiles de publicada la presente Ordenanza, cumpliendo con la antigüedad para la permanencia en el servicio, conforme lo establece la OM. Nº 014-2016/MPH.
- Aquellos que tengan tarjeta única de circulación vigente, permanecerán en el servicio, siempre que cumplan con la antigüedad estipulada en OM. Nº 014-2016/MPH.
- Vencido el plazo de 15 días hábiles de publicada la presente Ordenanza, sólo podrán habilitarse para prestar el servicio de TAXI, aquellas unidades vehiculares que cumplan con el peso y cilindrada conforme lo exige la OM Nº 014-2016/MPH.
b) Para el Servicio de Auto Colectivo:
- Accederán a este beneficio, los vehículos que se encuentren dentro de la relación de la flota vehicular presentada por alguna empresa que participó o participará en los Concursos Públicos llevados a cabo por la MPH; siempre que la empresa haya salido ganadora y/o obtenga su Resolución de Autorización para prestar el servicio de Auto Colectivo; debiendo en ese caso habilitar la unidad vehicular dentro de los plazos que establecen las bases y/o la OM Nº 014- 2016/MPH.
- Aquellos que la empresa autorizada solicite habilitar para completar la flota vehicular, dentro del plazo que establece la OM Nº 014-2016/MPH y su modificatoria OM. 033-2017/MPH.
- En todos los casos, incluyendo aquellos que tengan peso y cilindrada superior al mínimo previsto en la norma, no se tomará en cuenta la antigüedad para el acceso.
La publicación de esta Ordenanza era una de las exigencias de un sector de transportistas, quienes anunciaron una paralización de sus labores y movilización por las calles huachanas para los días 30 y 31 de mayo, la misma que ha sido cancelada.
No hay comentarios:
Publicar un comentario