sábado, 25 de enero de 2014

LOS DOCENTES PODRÁN EJERCER SIN COLEGIARSE POR SENTENCIA DEL TC

LIBRE EJERCICIO. Los maestros ya no necesitarán estar colegiados para ejercer la docencia. El CPPE cuestiona la medida.

Los profesores que ingresen a la Carrera Pública Magisterial no necesitarán ser colegiados, a pesar que la Ley de Creación del Colegio de Profesores del Perú (CPPE) lo exige como requisito indispensable para el ejercicio de la profesión.

¿Cómo es posible? Sucede que el Tribunal Constitucional declaró que la colegiatura no está exigida en el artículo 20 de la Constitución Política, donde se especifica que esta obligación está sujeta a una legislación particular (Expediente Nº 00019-2012-PI/TC).

"Por lo tanto, este Colegiado deduce que cuando la Ley 29944 omite este requisito (...) no incumple algún aspecto que se encuentre constitucionalmente ordenado", se lee en la sentencia del jueves 23.

Según el abogado Jorge Sumari Buendía, los magistrados fallaron acertadamente por dos razones: la Constitución no exige la colegiatura y la Ley de Reforma Magisterial (Nº 29944) tampoco.

Otro factor que tomó en cuenta el TC es que no todos los profesionistas que desempeñan la docencia son profesores, sino de otra carrera, pero enseñan su especialidad. 

LOS ORÍGENES DEL CASO
El 11 de octubre de 2013, el decano nacional del CPPE, Manuel Rodríguez Rodríguez, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la nueva ley educativa, porque en su artículo 18 no pedía la colegiatura para ejercer la docencia, pese a que el artículo 3 de la Ley Nº 25231 (de creación del CPPE), sí lo exige.

También apelaron al artículo 20 de la Constitución, que da autonomía a los colegios profesionales. Sin embargo, el TC aclaró que la "colegiación" solo podía exigirse mediante una ley expresa del Congreso.

"Debemos entender que ser colegiado es indispensable en otras carreras como Derecho, Arquitectura y Medicina, porque son carreras liberales (privadas)", explicó Jorge Sumari. 

A decir del letrado, el profesorado es una carrera sujeta a un régimen laboral público, por tanto no se desarrolla de manera independiente, sino que depende del Gobierno. 

"En el régimen laboral de los maestros no se contempla esta necesidad, por lo tanto no hay más que hablar", arguyó. 

Sin embargo, la presidenta del Consejo Regional de Decanos (Conrede) de Arequipa, María Elena Gutiérrez, sostiene que esta sentencia genera un riesgo para las otras profesiones.

"Si depende del Congreso que se exija la colegiatura, entonces ¿podrán hacer lo mismo con todas las carreras con nuevas leyes?", cuestionó. 

Quien sí está de acuerdo con la sentencia del TC es el director técnico de Corpaidos, Alfredo Aguilar, quien sostuvo que la colegiatura es necesaria para ser profesor, pero no para ejercer la docencia. "Lo que no entiende el CPPE es que cualquier persona puede hacer docencia, enseñar. Pero no todos pueden ser profesores", dijo.

Según el especialista, la docencia es un ejercicio libre reconocido por organismos internacionales, que de ninguna manera vulnera el derecho de los profesionales de la educación. "El Tribunal ha resuelto con buen juicio, ha respetado que la labor docente no puede ser sujeta a condiciones", dijo.

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