La Contraloría General denunciará penalmente y demandará por la vía civil a ex funcionarios de la Municipalidad Distrital de Supe que habrían ocasionado un perjuicio económico por más de S/. 888 mil al Estado, durante la convocatoria del proceso de selección y la ejecución de una obra de agua potable y saneamiento.
Este monto corresponde a los tres casos que fueron detectados en la acción de control a la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final en las localidades de Supe y San Nicolás, del Distrito de Supe, Provincia de Barranca”, en el periodo enero 2010 – julio 2012.
CONTRATACIÓN IRREGULAR
En el primer caso, se evidenció que la administración edil habría contratado irregularmente a un consultor para elaborar el expediente técnico de la obra exonerándolo del proceso de selección, sin que exista el sustento técnico legal para realizar la contratación directa.
Los auditores determinaron que se pagó al consultor S/. 199 250 por un expediente técnico que fue presentado extemporáneamente y que no cumplía con la entrega de los estudios, autorizaciones y certificados requeridos para la ejecución de la obra. Además, no se le exigió el pago de penalidades por un monto de S/. 31 500 por haber presentado el documento fuera de tiempo. Esto significa que se ocasionó un perjuicio económico de S/. 230 750 al Estado.
La Contraloría General remitió a la Procuraduría Pública el informe respectivo para denunciar a los presuntos involucrados en estos hechos por los presuntos delitos de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo.
PAGOS POR OBRAS NO EJECUTADAS
En el segundo caso, se evidenció que durante la ejecución de la obra, los ex funcionarios otorgaron la conformidad a nueve valorizaciones presentadas por el contratista sobre partidas que no fueron realmente ejecutadas en su totalidad, como movimiento de tierras con maquinaria, excavación de zanjas, nivelación de terrenos, así como las partidas correspondientes al suministro e instalación de tuberías de PVC, ello ocasionó un perjuicio económico de S/. 601 901,17.
La administración municipal autorizó el pago sin corroborar que la información presentada por el contratista, respecto a la culminación de las obras, sea verídica. A ello se suma que la administración edil autorizó el cambio de jefe de supervisión, pese a que el ingeniero que lo reemplazó, no contaba con la experiencia mínima para el cargo.
TERRENO EN ZONA INTANGIBLE
En el tercer caso, se ha determinado que los funcionarios municipales convocaron y otorgaron la Buena Pro del proceso de selección para la ejecución de la obra de saneamiento sin contar con la disponibilidad física del terreno para construir la planta de tratamiento.
Cuando adquirieron un terreno por S/. 56 185, no se percataron que éste no reunía las características técnicas requeridas y establecidas en el expediente técnico del proyecto, y que además se encontraba superpuesto sobre los sitios arqueológicos “El Áspero” y “Chimú Cápac” declarados como Patrimonio Cultural de la Nación, por lo que no puede ser utilizado.
La administración municipal inició la ejecución de la obra sin contar con los permisos, autorizaciones y licencias, respecto al uso y disposición de las aguas, afectación a zonas arqueológicas y certificación ambiental de los terrenos en donde se ejecutaría la obra, conllevando a la aplicación de sanciones y multas posteriores en perjuicio del Estado.
En el segundo y tercer caso, referido al pago irregular por obras no ejecutadas y la compra de un terreno intangible, se ha remitido el respectivo informe a la Procuraduría Pública de la Contraloría General para iniciar las acciones legales que correspondan con la finalidad de lograr que los presuntos involucrados paguen una indemnización por más de S/. 658 mil a favor del Estado.
EL DATO
Tres años después de haber empezado a ejecutarse la obra, ésta se encuentra paralizada.
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