El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió no pronunciarse sobre una hipotética candidatura de la primera dama, Nadine Heredia, pedido que realizó el abogado Jesús Barboza para que, mediante una resolución administrativa, el órgano electoral declarase inaplicable el artículo 107° de la Ley Orgánica de Elecciones.
Este artículo impide al cónyuge y a otros familiares del presidente de la República ser candidato a ese cargo.
La Secretaría General de Normatividad y Asuntos Jurídicos del JNE concluyó en su informe jurídico que es "improcedente que en la fecha el JNE emita pronunciamiento respecto a la inaplicabilidad de una disposición legal respecto de una hipotética candidatura para las elecciones generales del 2016". El documento fue emitido el 29 de abril del 2013, cuatro días después que Barboza presentara su pedido.
Asimismo, el Tercer Juzgado Constitucional declaró improcedente la acción de amparo presentada por Barboza el pasado 20 de enero.
Al respecto, el presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva, afirmó que Nadine Heredia "ya ha señalado con claridad que no tiene interés en postular".
En tanto, el nacionalista Sergio Tejada sostuvo que esto se trata de una "iniciativa personal".
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