viernes, 17 de febrero de 2012

JNE DECLARÓ NULO PROCESO DE VACANCIA CONTRA EL ALCALDE DE SUPE


El Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución N°0065-2012-JNE declaró NULO el procedimiento de vacancia seguido contra Julián David Nishijima Villavicencio, Alcalde Distrital de Supe por la causal establecida en el artículo 22 , numeral 9 de la Ley N°27972,Ley Orgánica de Municipalidades. Dicha Resolución a la cual “ECOS” tuvo acceso también enfatiza, “dejándose a salvo la posibilidad de interponerse solicitud de vacancia, por quienes se encuentren interesados, con arreglo a ley”.

ANTECEDENTES
Como se recuerda, en el mes  de diciembre del 2011 en sesión extraordinaria adoptaron por unanimidad el Acuerdo de Concejo N°25-SE-MDS-2011 declarando la vacancia de David Nishijima. Dicho acuerdo según lo  regidores obedece  a que el Alcalde realizó la conformidad de los servicios prestados por el asesor de su  despacho, Arturo Zavaleta Perea, la referida  conformidad lo  debió de realizar la jefatura  de personal o la gerencia municipal, a parte el asesor se encontraba fuera del país, por lo que no pudo haber cumplido a cabalidad las tareas propias de su función. Asimismo, los concejales de oposición aseguran que se ha falsificado la suscripción de un contrato de locación de servicios entre el alcalde y el referido asesor en el mes de julio del 2011,el cual no pudo haber sido verídicamente suscrito por cuanto el asesor Zavaleta Perea se encontraba en España.

Sin embargo, el 28 de diciembre del 2011,el alcalde Nishijima interpuso recurso de apelación señalando que la sesión convocada por los 4 regidores; Juan Carlos Albújar Pereyra, Beatriz Jaime Reyes de Untiveros, Yeraldine Ramírez Vega y Omar Saldaña Trujillo es irregular, por cuanto su despacho cumplió  con convocar para el 2 de marzo del 2012 y enfatiza que el procedimiento ha sido llevado a cabo a pesar de no existir solicitud de vacancia solicitada por algún vecino del distrito de Supe, conforme lo dispone la Ley Orgánica de Municipalidades-LOM.

Adicionalmente, el Regidor Albújar el 18-01-2012 interpuso recurso de queja señalando que el expediente ha sido elevado indebidamente al JNE por parte del secretario general de la Municipalidad de Supe, ya que a su entender había vencido el plazo de impugnación al acuerdo de concejo y por lo tanto se falta a la verdad cuando el recurso de apelación tiene fecha de ingreso a la municipalidad de fecha 28 de diciembre del 2011.

CONSIDERANDOS
En el caso concreto, para el JNE no existe en el expediente solicitud de vacancia alguna, es decir ha sido llevado a cabo el procedimiento sin que exista una manifestación de voluntad concreta por parte de un vecino de la localidad de Supe para dar inicio al trámite de vacancia. Dicha manifestación no pueda ser reemplazada por la citación a  sesión extraordinaria por parte de los regidores del Concejo Distrital de Supe. A parte se le hizo llegar el informe técnico que sustentan los hechos de una posible vacancia al alcalde con posterioridad a la convocatoria a sesión extraordinaria realizada por los regidores, lo cual demuestra que con anterioridad no existía elemento que permita iniciar el procedimiento. En esa medida corresponde declarar la nulidad de todo procedimiento de vacancia seguido hasta el momento”

El JNE observó discordancia entre el sello de recepción del recurso de apelación contra el acuerdo de concejo N°25 y la declaración de la encargada de mesa de partes en la constatación policial del 10 de enero del 2012 que obra en el expediente, según la cual “desde el 16 de diciembre del 2011 no figura ninguna apelación o reconsideración referente a la vacancia del alcalde”. Ante tal situación el JNE dispuso dar parte al Ministerio Público para que actúe de acuerdo a sus atribuciones  ante el probable delito de falsedad en cualquiera de sus modalidades.

FALTAN 4 PEDIDOS DE VACANCIA
Cabe precisar, que el Alcalde David Nishijima también salió airoso  en el pedido de suspensión por 30 días a fines del 2011 por aparentemente haber infringido la Ley de Acceso a la Información Pública. La situación contractual para el alcalde y concejales tiene para rato, al primero todavía le falta afrontar 3 pedidos más de vacancia en el JNE por restricciones de contratación y proceso de selección de obras. Mientras que los 4 regidores de oposición afrontarán similar pedido por usurpación de funciones, ya que habrían ejercido funciones administrativas que no les competen según la Ley Orgánica de Municipalidades.
(Diario “ECOS”).

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