domingo, 8 de diciembre de 2013

LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA A PUNTO DE SER APROBADA

Se espera que, de una forma u otra, la realidad de los estudios universitarios cambie de una vez en beneficio de los estudiantes y la sociedad peruana.

Faltan apenas dos capítulos y las disposiciones complementarias transitorias y finales para que el texto sustitutorio de la nueva Ley Universitaria sea aprobado por la Comisión parlamentaria de Educación, y pase finalmente a votación en el Pleno del Legislativo. 

En los 7 meses que fue sometida a debate, la nueva ley ha recibido críticas de distintos sectores de la comunidad universitaria, inquietos porque esta propuesta no contiene lo que se necesita para elevar la calidad educativa. 

Desde la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) se ha señalado en forma reiterada que la oportunidad de contar con una necesaria y nueva ley se está desperdiciando, porque no se incluye en el texto algo tan necesario como el establecer el presupuesto que el Estado deberá otorgar a las universidades públicas para la investigación . 

Ellos indican que en el texto legal solo se observa una intención de fiscalizar a todas las casas de estudios superiores y con ello restarles autonomía.

Sobre este último punto lanzado por la ANR, el impulsor de la misma, el congresista Daniel Mora, ha respondido que se busca evitar que las universidades, bajo el amparo de "su autonomía", hagan lo que quieran y se legitimen los sueldos exorbitantes que se colocan las principales autoridades universitarias sin pensar primero en mejorar la educación que se imparte en sus aulas. 

Es el caso del rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, José María Viaña, quien gana al año alrededor de 8,5 millones de dólares, mientras que sus facultades como la de Ciencias de la Comunicación carece de equipos (cámaras de foto y video) para dar una buena educación. 

LA TODOPODEROSA SUNEU
¿Qué es lo que propone la denominada "Ley Mora" al respecto? Pues si bien el texto planteado y aprobado por ese grupo de trabajo legislativo en su artículo 8° reconoce la autonomía universitaria y transcribe parte de la Constitución en ese sentido, establece una Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEU) que tendría mayores atribuciones que los mismos órganos universitarios. 

Lo irónico del caso es que los miembros del grupo de trabajo recién comprendieron de que se trababa le SUNEU en el capítulo II de la nueva ley después que ellos mismos la aprobaran. 

El 10 de junio de este año la comisión aprobó en sesión ordinaria que cualquier miembro de la comunidad universitaria denunciara ante esta superintendencia "actos que constituyan indicios razonables de la existencia de infracciones a la presente ley"

En aquella sesión solo el congresista Yonhy Lescano manifestó su oposición(y su aprobación) en el texto a un organismo como si este ya existiera desde antes. 

Al día siguiente, el 11 de junio, aprobaron la creación de este organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación con "autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa encargada de normar, regular y coordinar la Educación Universitaria".

La ANR, como era de esperarse, manifestó su oposición desde un principio y el domingo último reiteró que la SUNEU "atenta contra el principio de autonomía universitaria consagrada en la Constitución, en el ámbito de la autonomía administrativa, económica y académica". 

"Disminuir o someter la universidad a un control burocrático del Estado equivale no solo al empobrecimiento de la vida universitaria sino a su destrucción", indicaron en un comunicado dirigido a la opinión pública. 

El vicepresidente de la ANR, Enrique Bedoya, refiere que la ley debe pasar por un debate mucho más amplio porque "viola la Constitución y eso es una aberración"

Considera que lo fundamental a cambiar en esta ley es el capítulo que crea la cuestionada SUNEU. 

"Si se llega a aprobar que no quepa la menor duda de que habrá un aluvión de demandas de inconstitucionalidad. Eso está cantado", sostuvo. 

Y es que una de las atribuciones que tiene la SUNEU está el "autorizar o denegar el funcionamiento de universidades, facultades, escuelas y programas", además de "decidir la cancelación de la autorización de funcionamiento" de las mismas de acuerdo con los resultados de las evaluaciones de calidad y pertinentes en coordinación con el CONEAU (Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria)". 

También resolverá en última instancia los conflictos que se produzcan en las universidades relativos a sus órganos de gobierno y de las comisiones organizadoras. 

Lo rescatable de este organismo, incluso para sus detractores, es que supervisará que ninguna universidad tenga en su plana docente o administrativa personas condenadas por los delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas. 

También publicará un informe anual sobre la realidad universitaria del país y sobre cirterios generales de política universitaria, para saber –básicamente– cómo se avanza. 

¿Quién será el presidente del SUNEU? Según lo establecido por la Comisión de Educación, los 9 miembros de ese organismo serán quienes lo elija. Sin embargo, como refiere el rector de la Universidad Ricardo Palma, Iván Rodríguez Chávez, tras un análisis jurídico del proyecto ley, cinco de los miembros son ajenos a la universidad (Ministerio de Educación, Concytec, Ceplan, un miembro de los colegios profesionales elegido por votación secreta y un representante de los sectores empresariales) y no se les exigirá ningún requisito, aunque sí se les pide a los cuatro miembros universitarios. 

"Esta desigualdad se agrava con la desigualdad de oportunidades que afecta a los ex rectores a quienes se les descalifica legislando que serán excluidos si no es que hubieran cesado dos años antes de la vigencia de la ley", opinó. 

Esta nueva ley también ha planteado que en cada universidad haya por lo menos un instituto de investigación, además de contar con los recursos humanos y materiales necesarios para organizar una escuela de posgrado. 

Al respecto, desde las universidades públicas se preguntan con qué presupuesto podrán hacerlo si a duras penas pueden cumplir hoy con el pago a docentes y los servicios. 

Daniel Mora ha respondido en su defensa que existen universidades estatales que reciben canon, pero que no lo usan adecuadamente y que por eso tienen que devolverlo. 

Anteriormente ya había mencionado a la Universidad de Moquegua como un ejemplo de esa realidad. También han aprobado que los excedentes generados por las universidades privadas asociativas no serán susceptibles de distribución o uso fuera de lo previsto por la presente ley ni pueden ser distribuidos entre sus miembros ni utilizados por ellos, directa ni indirectamente. 

"Todo excedente que generen las universidades privadas societarias son consideradas utilidades y, por lo tanto, susceptibles de ser capitalizados, distribuidos o reinvertidos por decisión de sus accionistas, conforme a las normas sobre la materia", cita el texto legal. 

Lo que también cambió en la ley y que remeció a los estudiantes universitarios fue que para la obtención del grado de bachiller se deberá no solo aprobar los 10 semestres académicos sino contar con la aprobación de la correspondiente tesis. En tanto que para obtener el título profesional además de tener el grado de bachiller, la aprobación de una tesis o trabajo de suficiencia profesional se tendrá que tener conocimiento de un idioma extranjero. 

Esta exigencia, según la Federación de Estudiantes del Perú (FEP), les pone una traba a los universitarios, pues la obtención inmediata del bachiller con tan solo 10 semestres aprobados les permitía la obtención pronta de un trabajo y ahora ocurrirá todo lo contrario. 

Otro punto controversial aprobado en la Comisión de Educación es que deja abierta la posibilidad de que las universidades cobren por los cursos que sean desaprobados, con lo cual –señalan los estudiantes– no se garantiza la gratuidad de la enseñanza. 

A esto se añade que la ley les pone fin a los estudiantes eternos al establecer la separación automática de quienes desaprueben tres veces el mismo curso. Igualmente han otorgado a las universidades públicas la potestad de cobrarle una pensión a aquel alumno que estudie una segunda carrera. 

Iván Rodríguez también critica que la nueva ley no les otorgue tranquilidad y estabilidad a los docentes universitarios, no solo por el carácter punitivo de sus artículos, sino porque establece en la undécima disposición transitoria que "el Ejecutivo tendrá 180 días contados a partir de la vigencia de la presente ley (...) para presentar un proyecto de ley de la carrera docente universitaria". "Nuevamente la incertidumbre de qué sorpresas, requisitos, exigencias, condiciones y castigos traerá la anunciada norma. Pero además, ¿cumplirá el Ejecutivo en enviar el proyecto en 180 días? ¿Debatirá y aprobará el Congreso inmediatamente? ¿Cuánto tiempo estarán los profesores trabajando con unas reglas que anuncian desde su inicio un régimen laboral no definitivo?", se preguntó el rector de la Universidad Ricardo Palma. 

DE LAS AUTORIDADES 
Otro punto en la ley es el capítulo VII, referido al gobierno de la universidad. La Comisión de Educación aprobó que la elección de rectores y vicerrectores de las universidades públicas y privadas será ahora por lista única –para un periodo de cinco años– y por votación universal, personal, obligatoria, directa y secreta de todos los docentes ordinarios, estudiantes y graduados.

Esta disposición cambia el sistema universitario, porque el rector y el vicerrector irán en una sola plancha. Años atrás, Iván Rodríguez ya había señalado que, en su opinión, el voto universal "iba a politizar" las elecciones universitarias y eso no mejoraría la educación superior. Estos son solo algunos artículos que han recibido las críticas mayores. Y como dice la ANR, se necesita una nueva ley.

UNIVERSIDADES ABUNDAN EN EL PAÍS: SOLO EN EL 2010 SE CREARON 19 CENTROS UNIVERSITARIOS
A setiembre del 2012, la cantidad de universidades en el país era de 137. De ellas 51 son públicas y 86 privadas. Sin embargo, solo 76 son institucionalizadas y 61 están en proceso de institucionalización. 

Según registros de la ANR, el 2010 tuvo un 'pico' de creación de universidades. A lo largo de sus 12 meses se crearon 19 universidades (6 públicas y 13 privadas). 

El año pasado también hubo 605 mil 265 postulantes aproximadamente ( a u. públicas y privadas) y hubo 298 mil 586 ingresantes. 

Ese mismo año solo hubo 90 mil 407 graduados, mientras que los titulados solo llegaron a 67 mil 713.

Las universidades públicas que más alumnos tienen son la Nacional Mayor de San Marcos, con 28 mil 645, Nacional San Agustín, con 24 mil 212 y la Nacional Federico Villarreal, con 23 mil 105. 

Las privadas con más alumnos son Alas Peruanas, con 57 mil 616 estudiantes, seguida de la César Vallejo, con 37 mil 163 alumnos y la San Martín de Porres con 31 mil 46 estudiantes. 


Las carreras con mayor número de matriculados son derecho, administración, contabilidad e ingeniería civil.

ENFOQUE
Julio Rosas, congresista de Fuerza Popular: "Ley merece un análisis más profundo".
La solución para mejorar el sistema educativo en nuestro país no es la creación de una Superintendencia Nacional de Educación, pues viola la autonomía universitaria en el sentido de que esta entidad va a administrar a todas las universidades del país y dependerá del Ministerio de Educación, es decir del poder político de turno. Más aún, la creación de esta superintendencia iría en clara contravención a lo señalado por el Tribunal Constitucional, cuando recalca en su sentencia que no debe existir injerencia externa alguna del algún poder público o privado.

Asimismo, se pretende desaparecer a la ANR, que es el ente rector de estudio, coordinación y orientación de las actividades universitarias del país y, bajo el pretexto de que con el pasar de los años no ha cumplido con sus funciones, pretenden desaparecerla. Con ello también se violaría la autonomía .

Por ello, considero que una ley tan importante requiere de mayor tiempo para una reflexión profunda.
Fuente: La República

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