La Defensoría del Pueblo se pronunció sobre el fallo de la Corte Suprema que declara válida la reducción de la remuneración sin el consentimiento del trabajador. Sobre el particular, la institución dijo que esta decisión no puede ser aplicada de manera general, ya que ello afectaría el carácter intangible de las remuneraciones.
Lo que contiene el fallo. La resolución judicial establece que el empleador puede reducir unilateralmente la remuneración del trabajador en contextos especiales y sin que suponga una disminución significativa y arbitraria de la misma.
Respeto a derechos de trabajadores. El órgano autónomo explicó que los derechos laborales protegidos por la Constitución, entre los que se incluye la remuneración, no pueden ser recortados ni eliminados. En ese contexto, comenta que el Tribunal Constitucional estableció que la reducción de la remuneración procedería únicamente en situaciones excepcionales, objetivas y debidamente justificadas.
Revisar normativa laboral. La Defensoría indica que si bien la sentencia solo produce efectos jurídicos para el caso que fue objeto de la casación, es necesario revisar la normativa vigente en materia laboral para fijar criterios objetivos y evitar posibles arbitrariedades, de modo similar a los procedimientos de ceses colectivos regulados por la legislación laboral.
Fuente: La República
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