miércoles, 3 de junio de 2020

ASÍ SERÍA LA CIRCULACIÓN DE LOS VEHICULOS EN EL CENTRO DE HUACHO

La imagen puede contener: coche y exterior(fuente: Transportista Soy)

POR EL NORTE:

Av. San Martin desde la intersección de la Av. Mariscal Castilla hasta la intersección con José Ausejo Salas.

Calle José Ausejo Salas, desde la intersección de Av. San Martin hasta la calle Las Flores.

La calle Las Flores será transitable desde la intersección de José Ausejo Salas hasta la intersección con Francisco Rosas.

La calle Francisco Rosas será transitable solamente desde la intersección de la calle Las Flores hasta la intersección con avenida Santa Rosa.

La avenida Santa Rosa será transitable desde la intersección de Francisco Rosas hasta la intersección con el Jr. Atahualpa.

El Jr. Atahualpa será transitable desde la intersección de la av. Santa Rosa hasta la intersección de la Av. San Martin (esto quiere decir que se cambiaría el sentido del tránsito). La Av. San Martin sólo será transitable desde la intersección de Atahualpa hasta la intersección con José Olaya.

POR EL SUR:

El jr. Salaverry será transitable desde la intersección de Av. Moore hasta la intersección con Jr. Simón Bolívar.(¿?). (Salaverry culmina en San Román. De allí hay un pasaje).

POR EL ESTE:

La Av. Moore será transitable desde la intersección de Calle Salaverry, hasta la Intersección con la Av. Mariscal Castilla (se cambiaría el sentido del tránsito).

La Av. Mariscal Castilla será transitable desde la intersección de la Av. Moore hasta la intersección de la Av. San Martin.

POR EL OESTE:

El jr. José Olaya será transitable desde la intersección de la Av. San Martin hasta intersección con Av.28 de Julio.
El Jr. Simón Bolívar será transitable desde la intersección de Av. 28 de Julio hasta la intersección con Calle Salaverry.

Cabe indicar que las presente restricciones no aplica a los vehículos de emergencia en cumplimiento de sus funciones, vehículos oficiales, policiales, FFAA y de auxilio. Así mismo están exceptuados de esta disposición los vehículos cuyos propietarios domicilien dentro del perímetro de restricción de vías los mismos que tendrán facilidades para el ingreso y salida del domicilio acreditado.

PRESTACIÓN DEL SERVICIO BAJO LA MODALIDAD “PLACAS PAR-IMPAR”

La forma de prestar el servicio de transporte público de personas dentro de la provincia de Huaura, se realizará en la modalidad “Placas Par-Impar” teniendo en cuenta el último dígito de la Placa Única de Rodaje.

El criterio par (incluido el cero) consiste en la restricción de circulación, los días lunes, miércoles y viernes.

El criterio impar, consiste en la restricción de circulación, los días martes, jueves y sábado.

Domingo no se permite la circulación de ningún vehículo de transporte público.

La presente restricción durara el tiempo que dure la emergencia sanitaria o hasta que la Gerencia de transporte con informe técnico debidamente sustentado establezca el cambio de condiciones.

CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD

La presente ordenanza establece que los protocolos emitidos por el MTC en la Resolución Ministerial 258-2020-MTC/01 y lineamientos del MINSA emitidos por la Resolución N° 239-2020-MINSA y sus modificatorias, son de obligatorio cumplimiento para todos las personas naturales o jurídicas que prestan el servicio de transporte publico dentro de la provincia de Huaura; DEBIÉNDOSE ENTENDER que cuando el protocolo sanitario para la prevención del COVID-19 hace referencia al servicio en la modalidad de Taxi, este será considerado para el servicio de auto colectivo en vehículos de categoría M1 y cuando el protocolo hace referencia al servicio de transporte regular en ámbito provincial, este será considerado para el servicio de auto colectivo en vehículos de categoría M2; en lo que corresponda.

AMPLIACIÓN DE VIGENCIA DE AUTORIZACIONES Y TARJETA DE CIRCULACIÓN

La presente ordenanza también aprueba la ampliación de la vigencia de las autorizaciones otorgadas a las empresas que participaron en proceso de autorización de servicio de transporte público especial de auto colectivo, el mismo que se amplía hasta el mes de diciembre del 2020, o hasta que se garantice la continuidad del servicio de transporte público de personas en la provincia de Huaura (licitación con un nuevo plan regulador), o lo que ocurra primero”.

Así mismo aprueba la ampliación de la vigencia de los títulos habilitantes (Tarjeta de Circulación), de todas las unidades vehiculares que prestan el servicio de transporte público en todas sus modalidades, así como de la licencia de conducir de categoría B, emitido por la Gerencia de Transporte, que se han vencido desde el 01 de marzo del 2020 o están por vencer; dicha ampliación se realizara hasta el 31 de diciembre del 2020”, para lo cual se exonerara del procedimiento y tasas establecidos en el TUPA de la MPH.

La presente ordenanza consta de 14 artículos en total y también contiene los requisitos y procedimientos que deberán seguir las empresas de transporte público de personas, para solicitar la reanudación de sus servicios de transporte, las infracciones y sanciones aplicables a todos las personas que realicen servicio de transporte público en la jurisdicción de la provincia de Huaura, además dispone la implementación del uso regular de la bicicleta como medio de transporte sostenible dentro del distrito de Huacho.

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