miércoles, 23 de junio de 2021

MOVIMIENTOS REGIONALES TENDRÁN QUE INSCRIBIRSE EN LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS DEL JNE


* Los Movimientos Regionales de Lima provincias lo harán en la DNROP – Lima

* Tienen plazo para inscribirse hasta la primera semana de enero del 2022

* También tienen que actualizar e inscribir sus Estatutos y Reglamentos

Para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, los movimientos regionales tendrán que inscribirse en las oficinas desconcentradas del Jurado Nacional de Elecciones.

El artículo 4° de la Ley de Organizaciones Políticas establece que las agrupaciones políticas que deseen participar de una elección deben contar con inscripción vigente en el ROP, como máximo la primera semana de enero de 2022.

En el caso de Lima provincias, Callao e Ica las solicitudes serán atendidas directamente por la DNROP, ubicada en Lima Metropolitana.

Las OD como registradores delegados podrán recibir, calificar, denegar e inscribir las solicitudes de inscripción de dichas organizaciones políticas, aceptar o rechazar los pedidos de desistimiento de inscripción que presenten y resolver las tachas interpuestas en los procedimientos de inscripción bajo su competencia.

Igualmente, conceder o denegar los recursos impugnativos interpuestos en los procedimientos bajo su competencia, y recibir y tramitar las solicitudes de renuncias de los ciudadanos que se encuentren afiliados a una organización política cuya inscripción no se tramitó en su sede registral, pero que guarda vinculación con un procedimiento de su competencia.

ACTUALIZAR E INSCRIBIR SUS ESTATUTOS Y REGLAMENTOS
* Directivas de partidos políticos y movimientos regionales deben estar vigentes e inscritos en la partida de SUNARP

* 31 de julio vence plazo para inscribir estatuto y reglamento y directivas.

* Por estado de emergencia, se suspende exigencia de contar con los números exigidos de comités partidarios y afiliados.

El Jurado Nacional de Elecciones también ha establecido que las organizaciones políticas con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas deben revisar, actualizar y solicitar la inscripción de su Reglamento Electoral y Estatuto, tomando en consideración las disposiciones legales vigentes y lo establecido por la norma estatutaria inscrita en el Registro de Organizaciones Políticas.

Para ello, sus cuadros directivos deben estar vigentes e inscritos en la partida respectiva.

Igual disposición es exigible para los movimientos regionales.

En Lima provincias existen los Movimientos Regionales Fuerza Regional, Unidad Cívica Lima, Patria Joven y Concertación para el Desarrollo Regional.

La fecha máxima para presentar las solicitudes de inscripción del Estatuto y su reglamento vence indefectiblemente el 31 de julio de 2021.

Las organizaciones políticas sancionadas por no presentar información financiera en forma oportuna deberán acreditar que han cumplido con la sanción correspondiente al momento de presentar su solicitud.

La Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas suspenderá la partida electrónica de las organizaciones políticas que no cumplan con la referida adecuación en el plazo señalado, de manera indefinida hasta que cumplan con lo señalado.

La adecuación de las organizaciones políticas se debe realizar en un solo acto, es decir, que se debe solicitar, en conjunto, la inscripción de su Estatuto y Reglamento Electoral.

Con las leyes vigentes se ha establecido que cada partido político y movimiento regional deben contar con un número mínimo de comités partidarios y una cantidad determinada de afiliados, para poder participar del proceso electoral municipal y regional del 2022.

Sin embargo por la situación de emergencia que se vive actualmente, estos dos requisitos han quedado de lado momentáneamente.

Resta que el JNE resuelva si siempre se efectuarán las elecciones primarias e internas o se continúa con la modalidad realizada para las elecciones presidenciales y congresales.
Fuente: Oscar Rolando Guerrero Torres

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